La semana pasada fue radicada ante el Congreso de la República la nueva reforma tributaria del Gobierno.
Dentro de la misma se contempla buscar un recaudo de $12 billones por medio de los cuales se proyecta financiar una parte del Presupuesto General de la Nación del próximo año.
Sin embargo, se busca obtener un recaudo por medio de la imposición de nuevos impuestos a varios sectores, dentro de estos se encuentran: aumentar el del carbono para que se cobre $75.000 por cada tonelada, también se impondría IVA a los juegos de suerte y azar en línea, a los Airbnb, a los vehículos híbridos les aumentaría este tributo del 5 % al 19 %, también las ganancias ocasiones del 15 % al 20 %, entre otros.
Ante esto, algunos expertos señalan que esta reforma tributaria si generaría mayores impuestos a los asalariados del país, así lo reveló José Ignacio López, presidente de Anif.
“No es preciso decir que esto solo va a afectar a algunos asalariados o algunas personas de altos ingresos, porque en general va ha haber medidas que van a afectar a todos los colombianos”, mencionó.
¿Pero en cuáles impuestos se vería este incremento en los impuestos de los asalariados con la nueva reforma tributaria?
Según el experto en materia tributaria Juan Guillermo Ruiz socio de la firma Posse Herrera Ruiz, uno de los puntos que generaría el mayor impacto para los asalariados en la reforma tributaria es el de la retención en la fuente de rentas laborales.
“Al eliminar el procedimiento dos de retenciones en la fuente para asalariados, el proyecto de reforma tendría un impacto en el incremento de las retenciones en la fuente de la mayoría de los asalariados que se someten a este procedimiento dos para el cálculo de la retención en la fuente mensual”, señaló el experto.
Ante esto, lo que propone la reforma tributaria es que se realice la calibración de la retención en la fuente para asalariado, con el fin de que sea más cercana posible al impuesto a pagar por parte del contribuyente, con lo que se reducirían los saldos a favor.
“Específicamente, la propuesta de modificación permitirá alinear al máximo los valores retenidos mensuales con el impuesto de renta y complementarios, una vez se cause al final del periodo”, señala el proyecto de ley.
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Con este artículo el Gobierno buscará reducir la cartera pendiente por el impuesto de renta y complementarios, además de mejorar la eficiencia de la DIAN, al reducir procesos de cobro, devoluciones y compensaciones.
A su turno, el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, aseguró que la retención en la fuente no es un impuesto adicional.
“Las retenciones en la fuente no es un impuesto más, la retención en la fuente no es un impuesto, la retención en la fuente es solo una forma como los ciudadanos van pagando el impuesto y la retención en la fuente es un anticipo que se va teniendo en la DIAN con el flujo de caja que permite que, al momento de declarar, el impuesto de renta prácticamente ya esté pagado”, dijo.
Mientras que, para Ruiz, es algo que se calcula semestralmente sobre el promedio de los ingresos laborales de los últimos 12 meses, lo que cambiaría con la reforma es que esta practica se eliminaría y ahora se cobraría por los ingresos recibidos en cada mes.
“Al eliminar este procedimiento, la retención se aplicaría sobre el valor recibido en cada mes, lo que implicaría un incremento en la retención proyectada en rangos que van del 10 % al 40 %, comparando la retención que aplicaría en un escenario de incremento salarial del 10 % para el año 2025”, señaló el experto en la materia.
Entre tanto, mencionó que cada calculo dependerá de los beneficios tributarios que se utilicen, del porcentaje de incrementos, pero la regla general será la de aumento en la tarifa efectiva de retención en la fuente para aquellas personas asalariadas que están sujetas a retención sobre ingresos laborales.
Otro punto que tendría un impacto es el del impuesto al patrimonio para las personas sujetas al mismo.
«También aplicaría un incremento sustancial en el valor del impuesto a cargo como consecuencia de dos modificaciones incluidas en el proyecto», dijo Ruiz.
La primera por la reducción del umbral de los patrimonios sujetos al impuesto, que a partir del año 2025 sería de 40.000 Unidad de Valor Tributario (UVT) ($1.882 millones hoy).
La segunda, por el incremento de las tarifas aplicables a los rangos del patrimonio, que se incrementan para todos los niveles patrimoniales en el proyecto de la reforma.
«Los más altos porcentajes de incremento del impuesto al patrimonio aplicarían para los patrimonios entre $ 2.000 millones y $ 10.000 millones. Para estos niveles de patrimonio los incrementos porcentuales del impuesto estarían entre el 200% y 500% comparado con el impuesto pagado en el año 2024″, agregó el experto tributario.
Además, resaltó que para niveles superiores de patrimonio, los incrementos serían superiores al 100%. Adicionalmente, la reforma pretende extender el impuesto al patrimonio a personas jurídicas con activos improductivos.
E incrementará el impuesto a las ganancias ocasionales. El proyecto propone un incremento de la tarifa del impuesto a las ganancias ocasionales del 15 % al 20 %.
Este incremento aplicaría a todas las enajenaciones de activos fijos de personas naturales o jurídicas por más de 2 años, que se perfeccionen a partir del 1 de enero del 2025.
Igualmente esta tarifa aplicaría para donaciones y herencias, cuyo valor de ingreso realizado para el beneficiario sería el valor patrimonial fiscal del activo en cabeza del donante o causante.