Estas serán las funciones del BanRep en la administración del fondo de ahorro de la reforma pensional

La reforma pensional entraría en vigencia a partir del 1 de julio del 2024.

Banco de la República de Colombia
Banco de la República. Foto: tomada del Facebook del Banco de la República

El blog del Banco de la República entregó un análisis sobre las funciones que tendrá al momento de administrar el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC), aprobado en la reforma pensional.

Estas tareas entrarían en vigencia a partir del 1 de julio del 2024, según lo indicó el Congreso tras darle su visto bueno al proyecto.

Así las cosas, el emisor señaló las tareas que tendrá al momento de administrar los dineros que tenga dicho fondo de ahorro.

Lo primero que quedó aprobado es que el BanRep proporcionará la infraestructura técnica y operativa adecuada, garantizando una separación estricta entre los recursos del Fondo y los propios del emisor.

“Tanto en términos presupuestarios como contables, guiado por principios de prudencia y diligencia, comunes en los mandatos de administración fiduciaria en el ámbito financiero”, señala el documento.

Lo segundo es que la entidad deberá establecer un diseño operativo del esquema de administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo.

Por otro lado, el BanRep garantizará que la operación del fondo esté totalmente separada del manejo de las reservas internacionales y de las operaciones de política monetaria, cambiaria y crediticia, cuyos lineamientos son definidos por la Junta Directiva de la institución.

¿Cuáles son las otras obligaciones del BanRep para la administración del fondo de ahorro?

Dentro de dicho análisis, el Banco de la República también reveló que podrá suscribir contratos de administración de portafolios de inversión con instituciones financieras especializadas, como sociedades fiduciarias o administradoras de fondos de pensiones.

Reforma Pensional. Foto: Valora Analitik
Reforma Pensional. Foto: Valora Analitik

Esto lo podrá hacer siempre que cuente con la autorización del Comité Directivo para que estas entidades realicen inversiones bajo criterios y límites específicos.

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Entre tanto, el BanRep definirá los lineamientos de administración conforme a la normativa y directrices del Comité Directivo, velando por que las instituciones contratadas sigan estos parámetros.

Cabe mencionar que la administración y manejo de los recursos del fondo deberá seguir los principios del inversor prudente, considerando los propósitos de las inversiones, los plazos, la diversificación del portafolio y la política de inversión.

Sin embargo, también estará en constante evaluación, debido a que dicho fondo se basará exclusivamente en criterios técnicos que consideren las decisiones de inversión y administración dentro del contexto del portafolio agregado, en lugar de centrarse en inversiones individuales.

“Este enfoque toma en cuenta los parámetros de riesgo y rentabilidad que establecerá el Comité Directivo, así como las condiciones cambiantes del mercado”, señaló el documento.

No solo el Banco de la República deberá estar atento a la administración. En la reforma pensional aprobada se dio luz verde a la creación de un Comité Directivo del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo.

Este estará compuesto por tres funcionarios del Gobierno: el ministro de Hacienda y Crédito Público, el ministro de Trabajo y el director del Departamento Nacional de Planeación.

También contará con cuatro personas expertas seleccionadas por la Junta Directiva del Banco de la República por un período de cinco años y reelegibles para otro período equivalente.

“Este comité establecerá los criterios para la administración y gestión de los recursos, así como para las decisiones de inversión. Como órgano fundamental para la gobernanza del Fondo, el Comité deberá actuar en su mejor interés, con un mandato claro y la autoridad y competencia adecuada para cumplir sus funciones de manera efectiva”, se lee en otro aparte.

El papel en el comité que tendrá en BanRep es de secretario técnico con lo que será responsable de convocar las sesiones, elaborar y conservar las actas, coordinar la agenda de trabajo y gestionar los demás aspectos asociados con el buen funcionamiento del Comité y del Fondo.

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