Establecimientos de crédito y comisionistas podrán negociar commodities

- Publicidad - Dos años y medio. Eso le tomó al Banco de la República revisar el régimen cambiario colombiano y ponerlo a punto con las nuevas realidades globales y nacionales, tanto en nuevos desarrollos como de mitigación de riesgo. El nuevo paquete normativo tiene tanto de ancho como de largo y fue presentado a […]

Colombia seguiría teniendo bajas tasas de interés por más tiempo: codirectora Maiguashca

Dos años y medio. Eso le tomó al Banco de la República revisar el régimen cambiario colombiano y ponerlo a punto con las nuevas realidades globales y nacionales, tanto en nuevos desarrollos como de mitigación de riesgo.

El nuevo paquete normativo tiene tanto de ancho como de largo y fue presentado a la luz pública el pasado 25 de mayo. Entre otras cosas, incluye nuevas reglas de juego sobre los pagos de la importación y exportación de bienes, endeudamiento externo, avales y garantías, e inversiones financieras y en activos en el exterior, por mencionar algunos temas.

Ana Fernanda Maiguashca, codirectora del Emisor y experta en el tema, le explicó al periódico Portafolio el nuevo paquete de normas, cuya idea es que sean armónicas con las evoluciones que ha tenido el mercado cambiario. Desmiente –como han dicho algunos– que todo sea flexibilización.

“Muchas veces se cree que solo estamos flexibilizando, y en unos casos sí, pero en otros lo que hacemos es comprender mejor el riesgo. Lo que la norma hace es modernizarse y estar al día con las innovaciones, desarrollos y riesgos”, agrega.

En su concepto, entre los cientos de puntos que esa normativa, se destacan tres focos: créditos externos, derivados, y control y mitigación de riesgos.

CRÉDITOS EXTERNOS

En el primero, se simplifican los procedimientos para efectuar créditos externos y las reglas a la hora de informar sobre dicha ejecución, sus desembolsos y pagos. No obstante, la codirectora va más allá y dice que lo que verdaderamente cambia es el énfasis real en los riesgos. “Ponemos el radar en que esté bien medido el riesgo en el balance, y no tanto en la forma en que se desembolsa ese crédito o cómo se pague; así, podemos flexibilizar y facilitarle la vida al empresariado en la operatividad”, indica la codirectora.

Este punto se desarrolló en la misma vía de hacer más comprensiva la regulación de los riesgos asociados a las operaciones con el resto del mundo –tarea que viene haciendo el Emisor hace varios años–, ya que este puede tener altos impactos macroeconómicos. Y es que en periodos de alta liquidez internacional esto puede generar el aumento excesivo de los riesgos que asume el sistema financiero y es importante tener formas de controlar tales fenómenos.

De este modo, detalla Maiguashca, “primero se sofisticó la norma de control de riesgo cambiario y liquidez en moneda extranjera, y ahora se pasó a revisar lo que se podía flexibilizar y modernizar, de acuerdo con la evolución del mercado y las innovaciones que se han dado”.

DERIVADOS

El segundo gran eje de regulación tiene que ver con los derivados, que son instrumentos financieros que permiten descomponer un activo entre sus diferentes riesgos, para transarlos individualmente.

Ahora, los intermediarios del mercado cambiario (bancos, establecimientos de crédito y algunas comisionistas) podrán participar en el mercado de derivados de productos básicos –también llamados commodities–.

Asimismo, con la nueva norma, el Banrepública “no regulará cómo se cumple esta operación, si se intercambian las dos monedas o se pagan solo las diferencias, siempre y cuando su riesgo esté bien calculado y medido. Además, se podrán hacer cualquier tipo de derivados, sin mencionarlos taxativamente. Se creó, eso sí, un capítulo para las condiciones en que se pueden realizar los derivados de riesgo de crédito, pero con mayor flexibilidad a lo que teníamos anteriormente”, explica la economista.

En plata blanca, estas modificaciones deberían traducirse en que las entidades financieras ofrezcan más productos y servicios para las empresas, de modo que puedan atender mejor sus necesidades, tales como protección, inversión o crédito, con la tranquilidad de que las entidades financieras tengan un adecuado control en sus balances.

PAQUETE DE RIESGOS

De hecho, este último punto responde al tercer foco de la regulación: la sofisticación de los instrumentos de medición y control de riesgos, que es transversal a toda la norma.

“Lo que hicimos fue desarrollar un marco más sofisticado que recoge los nuevos riesgos de unos intermediarios financieros que hoy tienen presencia en varios países, además de modernizar y flexibilizar las normas y compendiar toda la normatividad del banco central en temas cambiarios, de tal forma que sea más fácil de navegar”, añade.

Por ejemplo, en una misma norma, se define qué hace el Banco de la República en el mercado, quiénes son los profesionales o intermediarios del mercado cambiario, qué pueden hacer, qué reglas tendrán que cumplir, y las normas que amparan a los residentes, es decir los ciudadanos de a pie.

Así lo concluye la codirectora, que acaba de cumplir cinco años en la junta directiva del Emisor y unos 3 años y medio actualizando esta regulación, que –vale decirlo– cuenta con reglas de juego que ya entraron en vigencia, más otras que lo irán haciendo con el pasar de los meses.

Entre tanto, el banco central realizará talleres explicativos con gremios, empresarios y el sector financiero, con el fin de que el paquete de nuevas reglas, que reemplaza el antiguo, que cumplía su mayoría de edad este año, sea plenamente divulgado y entendido entre los distintos actores del mercado cambiario.

EL MERCADO CAMBIARIO

Según Ana Fernanda Maiguascha, codirectora del Emisor, cuando al hablar de régimen cambiario en el país, este tiene que ver con el régimen de flotación, que Colombia estrenó a inicios de este siglo. “En ese momento, habíamos acabado de entrar en el régimen de flotación y para ese entonces estábamos incursionando en términos de desarrollo del mercado de instrumentos y alternativas”, añade la economista.

De allí que se hiciera necesario que el Banco de la República revisara todo el paquete normativo, incluso más allá de sola Resolución 8 del 2000, “con el fin de armonizarla con las muchísimas evoluciones que ha habido en el país y el mundo, incluida la consolidación de que estamos en un régimen de flotación cambiaria”, concluyó Maiguascha.

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