
Si bien la reforma laboral del gobierno Petro se hundió en Congreso de la República, hay cambios para las empresas de servicios temporales en Colombia que deberán acogerse en el inmediato plazo.
Según el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, hay mecanismos válidos para el país que pueden servir para poner en marcha parte de la reforma que se quería avalar.

De momento, habría prohibición para que las compañías no contraten a empresas de servicios temporales en Colombia para tareas que son permanentes.
“No se podrá acudir al servicio temporal que prestan las empresas de servicios temporales para la atención de necesidades permanentes de las empresas usuarias”, dice el texto.
El gobierno Petro ha manifestado la posibilidad de expedir este tipo de cambios a través de la publicación de una serie de decretos reglamentarios.

Otros cambios clave para las empresas de servicios temporales en Colombia
Sin embargo, empresarios y comerciantes piden que las modificaciones sigan las vías democráticas, lo que implica la discusión previa de las iniciativas.
Sobre el apartado de las empresas de servicios temporales en Colombia, la reforma buscaba restringir su capacidad de uso para proteger derechos adquiridos por los empleados del país.
De hecho, decía la iniciativa, “si la empresa usuaria celebra contratos con empresas de servicios temporales para la atención de actividades o necesidades permanentes, se tendrá a la empresa usuaria como verdadera empleadora de los trabajadores en misión y a la empresa de servicios temporales como una simple intermediaria”.

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Al tiempo que, si el contrato de trabajo fue terminado por la empresa de servicios temporales en Colombia, “se tendrá como ineficaz y en consecuencia tendrán derecho a ser reintegrados a la empresa usuaria, sin solución de continuidad”.