La nueva ponencia de la reforma tributaria, o ley de financiamiento, buscaría un nuevo beneficio para los morosos de la DIAN. El artículo apunta a todos las personas naturales y jurídicas que tienen compromisos pendientes.
De acuerdo con el proyecto de ley, se pretende esta nueva venta de alivios para que los deudores tengan la oportunidad de normalizar sus cuentas con la entidad.
La DIAN, dice el proyecto, tendría la potestad de otorgar nuevos plazos y reducciones sobre los intereses que tengan pendientes los deudores.
Según el proyecto, estos beneficios deberán entenderse como una reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios para los sujetos de obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias administrados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Para las obligaciones que se encuentren en mora en el pago, al 31 de diciembre de 2024, se podrán reducir las sanciones, actualización de sanciones e intereses.
¿Cómo se daría el beneficio para los deudores de la DIAN?
- Reducción transitoria de intereses y sanciones con pago total desde la fecha de vigencia de la presente ley y hasta el treinta (30) de junio del año 2025
- Pago del 100 % de la obligación tributaria, aduanera o cambiaria
- Pago de los intereses moratorios. Para tal fin, la tasa de interés moratoria (T) del artículo 635 del Estatuto Tributario será del 4,5 %
“Para los sujetos que no se encuentren obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, conforme las disposiciones establecidas en el Estatuto Tributario podrán subsanar las faltas de que trata el presente artículo”, dice el apartado de la reforma tributaria.
Esto último siempre que demuestre que al 31 de marzo de 2025 haya realizado el pago del 2 % del valor del patrimonio bruto y/o activos totales poseídos a 31 de diciembre del año gravable 2023.
“Lo dispuesto en este artículo, igualmente aplica para los sujetos a los cuales se les haya proferido pliego de cargos o resolución sanción que se encuentre en firme en sede administrativa y se cumpla con las condiciones, requisitos y plazos establecidos en el presente artículo”, indica el apartado de la DIAN.
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Finalmente, dice el documento, la sanción prevista no podrá superar la suma de mil (1.000) UVT, “ni ser inferior a la sanción mínima vigente”, concluye este punto del proyecto de ley.