Denuncian fraude contra fuerzas militares: dos comisionistas implicadas

- Publicidad - La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) formuló pliego de cargos contra siete empresas y 11 personas naturales “por cartelización empresarial” en mínimo 10 procesos de contratación con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares de manera permanente e ininterrumpida desde 2011 hasta 2018, por un valor superior a 47 mil millones […]

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) formuló pliego de cargos contra siete empresas y 11 personas naturales “por cartelización empresarial” en mínimo 10 procesos de contratación con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares de manera permanente e ininterrumpida desde 2011 hasta 2018, por un valor superior a 47 mil millones de pesos.  

Así lo señaló el superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, en rueda de prensa.

Denuncian fraude contra fuerzas militares: dos comisionistas implicadas

Aclaró que se trata de un caso de corrupción privada, por tanto, no involucra la conducta de ningún miembro de las fuerzas militares o funcionario público (comprador), ni de la Bolsa Mercantil de Colombia (BMC). 

La entidad acudió a la bolsa para comprar raciones alimenticias en varios procesos de selección contractual.

El mecanismo de adquisición de esos productos tiene fundamentalmente el siguiente procedimiento:

La agencia logística tiene como vocero a un corredor de bolsa que trabaja para una comisionista en la Bolsa Mercantil de Colombia, lo mismo ocurre con las empresas del sector privado dispuestas a vender.

Las corredoras de bolsa vinculadas son A.R. Triple A S.A. y Comfinagro S.A., que se asociaron con las compañías proveedoras para repartirse las licitaciones, como reportó esta mañana Valora Analitik. Aunque la SIC ya les formuló pliegos, la BMC es la responsable de estudiar si las sanciona o las expulsa.

Hay un impedimento, un corredor no puede representar a más de un oferente.  

La rueda de negocios tiene dos etapas. La primera es una especie de subasta, en que el comprador inicia con un precio, hasta que diga uno con que uno de los oferentes esté conforme. Cuando eso ocurre, está obligado a contratar.

A partir de ese momento, empieza una subasta inversa (bajasta), que consiste en una puja de las empresas para ofrecer un mejor precio. Si nadie baja el precio, queda el originalmente fijado.  

Ese mecanismo busca que haya competencia, pues se trata de recursos públicos, que provienen del Presupuesto General de la Nación.

En este caso, los implicados previamente llegaron a un acuerdo, es decir, se repartieron la licitación en privado, lo que hizo que el Estado no comprara al precio de mercado, “al que hubiese podido llegar fruto de la competencia”, precisó Robledo.  

“Varias empresas que participaron en esas compras públicas que hizo la agencia se cartelizaron en contra de los intereses del Estado. Aquí la víctima es la agencia logística. Las empresas investigadas habrían adulterado con precios artificiales altos, al haber pactado no competir y renunciar a hacer ofertas a la baja”, añadió.

La conducta del cartel podría haber generado sobrecostos superiores al 50 %, en productos como ajiaco, tamal, lentejas con chorizo, productos de panadería, entre otros.

El grupo elite contra colusiones de la Delegatura para la Protección de la Competencia de la SIC encontró correos electrónicos, mensajes de WhatsApp y documentos digitales que darían cuenta de cómo los proveedores acordaban la forma en que se distribuirían cada uno de los ítems.

Hay una posible responsabilidad penal por práctica restrictiva de competencia en contratación estatal.

Multas

En el evento en que al terminar el proceso se declare que existió violación de las normas de la libre competencia económica, la Superintendencia puede imponer las siguientes multas: (i) a los agentes del mercado investigados que infrinjan las disposiciones de prácticas restrictivas de la competencia, hasta cien mil salarios mínimos legales mensuales vigentes equivalentes a 78.124 millones de pesos por cada infracción; (ii) a las personas naturales vinculadas con los agentes del mercado que infrinjan esas disposiciones, hasta dos mil salarios mínimos legales mensuales, equivalentes 1.562 millones de pesos.

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