Estas son las fechas para presentar la declaración de renta en Colombia en 2024

La DIAN le exige a personas naturales y jurídicas presentar su declaración de renta de acuerdo a los dos últimos números del NIT.

Declaración de renta
Conozca cuando debe presentar su declaración de renta en Colombia. Foto: Tomada de Freepik
Síguenos en nuestro canal de noticias de WhatsApp

Tanto personas naturales como jurídicas deben hacer su declaración de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) año tras año si no desean sanciones de mora.

Cada persona y empresa debe demostrar sus ingresos, egresos, transacciones bancarias, volumen de compras con tarjeta de crédito, y patrimonio por el año gravable 2023.

Es decir, si usted durante el año pasado recibió un salario mensual, realizó transacciones por su banco a otras cuentas, movió dinero por Nequi, tiene propiedades y realizó compras con tarjeta de crédito, debe hacer la declaración de renta en 2024.

Sin embargo, si contaba con un salario mínimo mensual y no tiene un inmueble a su nombre en Colombia no deberá preocuparse por esta obligación tributaria ante la DIAN.

Deben hacer este trámite quienes:

  • Tengan un patrimonio bruto al 2023 superior a $190.854.000
  • Personas con ingresos anuales superiores a $59.376.800. Esto es un promedio de ingresos mensuales de $4.900.000
  • Personas que hayan realizado consumos a través de tarjeta de crédito mayores a $59.376.800
  • Valor total de compras y consumos en 2023 fue superior a $59.376.800
  • Acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superior a $59.376.800

Destacado: Facturación electrónica: ¿Quiénes deben implementar el Documento Electrónico POS desde el 1 de julio?

¿Cuándo debe presentar la declaración de renta ante la DIAN?

Entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2024 vencen los plazos para que las personas naturales presenten su impuesto de renta del año gravable 2023.

De acuerdo con los dos últimos números de su cédula o NIT podrá identificar la fecha máxima para pagar esta obligación ante la DIAN.

Últimos dígitos del NITFecha límite de pago
01 y 0212 de agosto de 2024
03 y 0413 de agosto de 2024
05 y 0614 de agosto de 2024
07 y 0815 de agosto de 2024
09 y 1016 de agosto de 2024
11 y 1220 de agosto de 2024
13 y 1421 de agosto de 2024
15 y 1622 de agosto de 2024
17 y 1823 de agosto de 2024
19 y 2026 de agosto de 2024
21 y 2227 de agosto de 2024
23 y 2428 de agosto de 2024
25 y 2629 de agosto de 2024
27 y 282 de septiembre de 2024
29 y 303 de septiembre de 2024
31 y 324 de septiembre de 2024
33 y 345 de septiembre de 2024
35 y 366 de septiembre de 2024
37 y 389 de septiembre de 2024
30 y 4010 de septiembre de 2024
41 y 4211 de septiembre de 2024
43 y 4412 de septiembre de 2024
45 y 4613 de septiembre de 2024
47 y 4816 de septiembre de 2024
49 y 5017 de septiembre de 2024
51 y 5218 de septiembre de 2024
53 y 5419 de septiembre de 2024
55 y 5620 de septiembre de 2024
57 y 5823 de septiembre de 2024
59 y 6024 de septiembre de 2024
61 y 6225 de septiembre de 2024
63 y 6426 de septiembre de 2024
65 y 6627 de septiembre de 2024
67 y 681 de octubre de 2024
69 y 702 de octubre de 2024
71 y 723 de octubre de 2024
73 y 744 de octubre de 2024
75 y 767 de octubre de 2024
77 y 788 de octubre de 2024
79 y 809 de octubre de 2024
81 y 8210 de octubre de 2024
83 y 8411 de octubre de 2024
85 y 8615 de octubre de 2024
87 y 8816 de octubre de 2024
80 y 9017 de octubre de 2024
91 y 9218 de octubre de 2024
93 y 9421 de octubre de 2024
95 y 9622 de octubre de 2024
97 y 9823 de octubre de 2024
99 y 0024 de octubre de 2024

La sanción por extemporaneidad equivale al 5 % del impuesto a cargo y aumenta por cada mes luego de la fecha de vencimiento.

Si no se tiene un valor por pagar en esa declaración de renta, la sanción se calcula con base en el 0,5 % de los ingresos brutos.

Según la normativa colombiana, la sanción mínima para estipulada para el 2024 será de $471.000.

Convierta a ValoraAnalitik en su fuente de noticias