Con la llegada del nuevo año en Colombia, son varios los costos y precios que deben actualizarse. Una de las preguntas constantes es cuánto debe aumentar la cuota de la administración en un conjunto residencial en el país.
La normativa colombiana no tiene reglas fijas sobre lo que debería ser el aumento de la cuota de la administración en una propiedad horizontal.
Lo que sí advierte la Ley 675, del 2001, es que son los copropietarios de un conjunto residencial o de una propiedad horizontal deben establecer la variación de este cobro con base en la cantidad de servicios que requieren de mantenimiento.
Vale mencionar que, entre estos cobros, están los pagos por servicios de seguridad, servicios públicos comunes, reparación y mantenimiento de zonas comunes.
Variables para el aumento del pago de la cuota de administración
Entonces, con esto de base, hay casos en los que el pago de la administración en un conjunto residencia de Colombia puede variar con el dato del salario mínimo.
Para el año 2023, tomando de base el incremento del salario mínimo, el pago de la cuota de la administración debería entonces incrementarse en cerca del 16 %.
Pero también puede pasar que ese incremento se dé con base en el dato de inflación, que se estima, para cierre del año, cercano al 12,5 %.
Justamente para mantener el poder adquisitivo de los trabajadores, incluso el mismo Gobierno ha recomendado que este tipo de precios, no regulados, deberían incrementarse con el dato de inflación, que es menor al del salario mínimo.
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Finalmente, vale recordar también que el pago de la cuota de administración debe fijarse con base en el presupuesto anual que apruebe la junta de copropietarios. Este presupuesto puede variar dependiendo de remodelaciones o cambios temporales.