CREG alista norma para redefinir fórmula de tarifas de energía en Colombia

La CREG propuso un cambio en los índices utilizados para calcular las tarifas de energía en Colombia. ¿Cuáles son los principales cambios?

En diciembre, CREG dejará en firme reglas para comercializar el gas importado en Colombia
En diciembre, CREG dejará en firme reglas para comercializar el gas importado en Colombia. Imagen: cortesía CREG

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) propuso, mediante el proyecto de Resolución No. 701 055 de 2024, un cambio en los índices utilizados para calcular las tarifas de energía en Colombia.

Dichos índices buscan actualizar los costos de la prestación del servicio y mantener unas tarifas más precisas y estables para los usuarios.

En este sentido, luego de una serie de análisis realizados por el equipo de la CREG, se propuso modificar dos indexadores en el proyecto de Resolución que actualmente está en fase de consulta pública.

Cabe recordar que, actualmente, se aplica el Índice de Precios al Productor (IPP) para algunos componentes de la tarifa (generación, distribución y transmisión de energía).

Sin embargo, se ha identificado que podría ser más apropiado emplear la serie de bienes de capital que hace parte de industria manufacturera para actualizar las actividades intensivas en capital y así reemplazar el IPP utilizado actualmente.

Y, por otra parte, para reemplazar el IPC se propone eliminar los componentes de alimentos y regulados para que dicho índice no se encuentre sujeto a las variaciones de esos elementos.

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La CREG recordó que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) -que permite ver el cambio de precios de los productos y servicios que las familias consumen habitualmente- es el utilizado actualmente para actualizar el costo de comercialización.

Considerando que a veces este índice sube, debido a factores que no tienen que ver con la energía, se propone quitarle la influencia de los alimentos y de los regulados a este índice y evitar la influencia de estos factores en el costo de comercialización.

«Este ajuste en la fórmula de cálculo de las tarifas de energía eléctrica es un paso muy importante para asegurar que el precio de la tarifa al usuario final sea más eficiente y que la regulación que se emita desde la CREG se mantenga actualizada con las mejores prácticas», destacó Antonio Jiménez Rivera, director ejecutivo de la CREG.

Añadió que «al basar la indexación de los componentes de la tarifa al Índice de Precios de los Bienes de Capital y al Índice de Precios al Consumidor (IPC) sin alimentos podríamos limitar las variaciones externas en los precios”.

Y Jiménez agregó que «esta propuesta regulatoria se suma a las medidas que la CREG ha implementado para que el país cuente con tarifas de energía más eficientes para el ciudadano y que los resultados se reflejen en el corto plazo”.

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Asimismo, la CREG destacó que las tarifas de energía eléctrica en Colombia se definen a partir de un costo unitario (CU) que está compuesto por la suma de los costos de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía, junto a un costo de pérdidas reconocidas.

La suma de costos que determina del Costo Unitario sirve como base para el cálculo de las tarifas que posteriormente se multiplican por la cantidad de kWh (kilovatios – hora) consumidos durante el periodo de facturación y así se conoce cuánto debe pagar un usuario por el servicio de energía eléctrica.

“Invitamos a todos los interesados a participar en el proceso de consulta pública de esta resolución. Por ello, hemos convocado a la ciudadanía a un taller donde podremos debatir con todas las partes interesadas los beneficios de este cambio”, precisó la entidad.

Consulte aquí el proyecto de resolución.

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