¿Quiénes estarán obligados a cotizar a pensión en Colombia desde el año entrante?

Algunos ciudadanos, con el nuevo sistema, quedan obligados a cotizar a pensión en Colombia desde el año entrante.

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Imagen: Cuenta oficial X de MinTrabajo

La reforma al sistema de jubilaciones del país empezará a aplicar desde el 2025, por lo que habrá cambios sobre el proceso para cotizar a pensión en Colombia, lo anterior, dice el proyecto avalado, tendrá que cumplir con unos requisitos.

Según la nueva norma, el sistema va a propender por seguir formalizando a las personas que, de momento, no cotizan a pesar de que ganan, por lo menos, un salario mínimo.

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Bajarán las semanas para que las mujeres en Colombia se pensionen. Imagen: Tomada de cuenta oficial de Colpensiones en X

Empieza por explicar que cotizar a pensión en Colombia, así como la afiliación, será obligatoria para todos los trabajadores dependientes, independientes y rentistas de capital en el Pilar Contributivo.

Aclarando que quienes tengan un Ingreso Base de Cotización que exceda 2,3 salarios mínimos deberán seleccionar su Administradora de Fondo de Pensiones en el Componente Complementario de Ahorro Individual de dicho Pilar Contributivo.

“No obstante, quienes ya se encuentren afiliados a una Administradora de Fondos de Pensiones antes de la vigencia de esta ley no requerirán adelantar una nueva afiliación”, dice la nueva norma.

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Imagen: Cámara de Comercio de Medellín.

Más requisitos para cotizar a pensión en Colombia

  1. La afiliación al Pilar Contributivo implica la obligación de realizar los aportes que se establecen en la presente ley
  2. No existirá una edad máxima para poder acceder al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez
  3. La Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA o el mecanismo que haga sus veces, liquidará, recaudará y distribuirá el valor total del recaudo de los aportes a las Administradoras de los Componentes y Pilares del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez
  4. El límite máximo de la base de cotización será de veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes, de acuerdo con la reglamentación legalmente establecida
  5. Las cotizaciones son obligatorias en el Pilar Contributivo para quienes devenguen ingresos iguales o superiores a un (1) salario mínimo legal vigente
  6. Las entidades administradoras de cada uno de los Pilares Semicontributivo, Contributivo y de Ahorro Voluntario del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, estarán sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia
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Foto: cortesía

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Finalmente, dice el proyecto que aprobó el Congreso de la República que la afiliación es voluntaria “para los colombianos domiciliados en el exterior, sin consideración a su condición migratoria, cuando no tengan la calidad de afiliados obligatorios y no se encuentren expresamente excluidos por la presente ley”.

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