La Cámara de Representantes, en tercer debate, avaló que el sistema en Colombia permita cotizar a pensión por días o semanas, una modificación sustancial pues, hasta este momento, ese proceso solamente podía hacerse por mes.
A ojos del gobierno Petro, este aspecto de la reforma pensional podría mejorar los aportes y formalizar a una buena tajada de los trabajadores en el país. Lo anterior a espera de que avancen otros artículos del proyecto de ley que también abren la opción a que se hagan cotizaciones a pensión por debajo del salario mínimo.
En un primer momento, la reforma explica que la afiliación de contratistas o trabajadores dependientes que tengan acuerdos por periodos inferiores a un mes, ya sea por semanas o por días, o de los trabajadores independientes que perciban un ingreso mensual inferior a un salario mínimo, tendrán que cotizar a pensión en Colombia en los pilares que busca aprobar el proyecto.
Así se debería cotizar a pensión en Colombia por días o semanas
- Entre 1 y 7 días: una cotización mínima semanal
- Entre 8 y 14 días: dos cotizaciones mínimas semanales
- Entre 15 y 21 días: cotizaciones mínimas semanales
- Más de 21 días: cuatro cotizaciones mínimas semanales (equivalen a un salario mínimo mensual)
“El Gobierno nacional, dentro del sistema de información para la protección social para la vejez, invalidez y muerte, diseñará una herramienta tecnológica interoperable, disponible en los territorios, con enfoque diferencial, que reduzca las cargas o trámites en la afiliación y pago de aportes al sistema de seguridad social integral, que facilite la afiliación, pago de aportes y acceso a la protección social en zonas rurales que incentive la formalidad”, dice la reforma pensional.
Aclara el documento que las personas que vayan a cotizar a pensión en Colombia por semanas o días podrán acceder a mecanismos de ahorro periódico o esporádico ofertados por el Gobierno nacional con el fin de mejorar sus cotizaciones.
“El Gobierno nacional mediante reglamentación definirá los esquemas de seguimiento, prevención, monitoreo, control y sanción con el fin de mitigar los riesgos asociados al uso de la figura como medio para la precarización laboral y el menoscabo de los derechos y garantías contenidas en la presente ley en beneficio de los trabajadores”, complementa el proyecto de ley.
Finalmente, aclara la iniciativa que la contabilización de los días de cotización debe de ser continua, “de lo contrario el trabajador tendrá derecho al pago de la cotización del mes completo”.
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El mecanismo de cotizar a pensión por días o por semanas es compatible con los mecanismos “de ahorro periódico o esporádico ofertados por el gobierno nacional con el fin de mejorar sus aportes y ampliar el acceso al sistema de protección social para la vejez, invalidez y muerte”.