Los cambios a la cotización a pensión de los trabajadores independientes en Colombia también se tuvieron en cuenta dentro de la reforma pensional que va a empezar a discutir el Congreso de la República desde este 27 de febrero.
Sobre la base de proteger los ingresos de los trabajadores, pero también sus obligaciones sobre los aportes para el fondo de jubilación, el documento da cuenta de algunos cambios clave para este tipo de trabajadores.
Indica la propuesta del gobierno Petro que, cuando un trabajador independiente tenga simultáneamente más de un contrato de trabajo en Colombia, cada empleador deberá efectuar de manera independiente la cotización a pensión correspondiente al pilar contributivo.
Vale recordar que este pilar contributivo es el obligatorio y propone que hasta los tres salarios mínimos sigan en Colpensiones, arriba de ese umbral en los fondos privados.
Sin embargo, esa propuesta para los trabajadores por cuenta propia tiene un cambio clave que se va a discutir toda vez que se incluyó en la ponencia desde el año pasado.
Se trata de que los trabajadores independientes en Colombia vean una modificación cuando se trate de asumir la “multiplicidad” en la cotización de pensión.
Dice el proyecto de ley que, “cuando un afiliado perciba salario de dos o más empleadores o ingresos como trabajador independiente o por prestación de servicios como contratista, en un mismo periodo, las cotizaciones correspondientes serán efectuadas de manera independiente al componente Complementario de Ahorro Individual del Pilar Contributivo”.
¿Qué otros cambios a la cotización a pensión trae la reforma para los trabajadores independientes en Colombia?
Lo anterior quiere decir, y aquí el punto clave: solo será susceptible de aporte “al Componente de Ahorro de Prima Media una de las cotizaciones realizadas de conformidad con el tope establecido, las demás cotizaciones serán destinadas al Componente Complementario de Ahorro Individual del Pilar Contributivo”.
Es decir que, a espera de que se debata este apartado de la reforma pensional del gobierno Petro, esa “cotización extra a pensión” que deben hacer los trabajadores independientes en Colombia podría ir también al fondo privado y solo uno de estos a Colpensiones (siempre y cuando sea ese ingreso menor a tres salarios mínimos: $3.900.000)
Finalmente, hay que tener en cuenta que la reforma no modifica las bases de cotización para estos trabajadores en el país.
Aquellos trabajadores con ingresos netos mensuales iguales o superiores a un salario mínimo legal mensual vigente “efectuarán su cotización mes vencido, sobre una base mínima de cotización del cuarenta 40 % del valor mensual de los ingresos causados para quienes están obligados a llevar contabilidad, o los efectivamente percibidos para los que no tienen dicha obligación, sin incluir el valor del impuesto sobre las ventas – IVA”.
Recomendado: Esto pasará con el auxilio funerario de Colpensiones tras reforma
Agrega el proyecto de reforma pensional que será la DIAN la que se encargue de implementar las estrategias necesarias “para facilitar que los independientes con contratos diferentes a prestación de servicios personales lleven registros contables”.