La reforma laboral del gobierno Petro impone algunos límites al uso del contrato a término fijo en Colombia, esto con base en la necesidad, dice el ejecutivo, de priorizar el uso del contrato a término indefinido en el país.
A ojos de la iniciativa, este tipo de vinculaciones laborales pueden terminar limitando los derechos laborales en términos de días de descanso garantizados y pagos extra.
El contrato a término fijo en Colombia, aclaró en su momento la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, van a poder seguir funcionado, pero se van a reconocer otra serie de beneficios para los empleados que usan este método de vinculación con las empresas.
Las modificaciones al código sustantivo de trabajo todavía deben ser avaladas por el Congreso de la República, proceso que se espera se surta en el primer semestre de este año.
Así quedaría el contrato a término fijo en Colombia
Dice la propuesta que podrán celebrarse contratos de trabajo a término fijo por un término superior a un mes y hasta por dos años para atender necesidades temporales del empleador.
“El contrato de trabajo a término fijo deberá celebrarse por escrito y en él deberá especificarse la necesidad temporal que se pretende atender y su conexión con la duración que se establezca”, dice la iniciativa.
Cuando el contrato a término fijo en Colombia se celebre por un término inferior a un año, las partes podrán prorrogarlo el número de veces que estimen convenientes.
“Si con 30 días de antelación al vencimiento del plazo pactado o su prórroga ninguna de las partes manifestare su intención de terminar el contrato, este se entenderá renovado por un término igual al inicialmente pactado”, añade la propuesta.
Finalmente, dice el proyecto de ley, en ningún caso, el tiempo inicial pactado y sus prórrogas puede ser superior a dos años.
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Al tiempo que cuando el contrato a término fijo en Colombia no se celebre por escrito, cuando no se especifique la necesidad temporal, cuando en realidad tenga por objeto satisfacer necesidades permanentes del empleador, cuando “el plazo inicial pactado y sus prorrogas supere los dos años o cuando con 30 días de antelación al vencimiento de su última prórroga posible ninguna de las partes manifieste su intención de darlo por terminado, se entenderá celebrado a término indefinido desde el inicio de la relación laboral”.