Consejo de Estado anuló nombramiento de Manuel Peña Suárez comisionado (e) de la CREG

El Consejo de Estado declaró la nulidad del nombramiento de Manuel Peña Suárez como experto comisionado de la CREG. ¿Por qué?

Consejo de Estado anuló nombramiento de Manuel Peña Suárez comisionado (e) de la CREG
Consejo de Estado anuló nombramiento de Manuel Peña Suárez comisionado (e) de la CREG. Imagen: creg.gov.co

La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad del acto de nombramiento, en encargo, de Manuel Peña Suárez, como experto comisionado de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).

El alto tribunal, en reiteración del fallo de 5 de septiembre de 2024, precisó que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley 2099 de 2021, la designación en la modalidad de encargo es improcedente, comoquiera que para esta clase de empleos se exige dedicación exclusiva, y en el caso concreto, el accionado fungió simultáneamente como jefe de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), adscrita al Ministerio de Minas y Energía.

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De acuerdo con el Consejo de Estado, la CREG tiene una marcada diferencia en su conformación interna, “y en lo que interesa a la presente decisión, son los expertos comisionados los que poseen una estructura, funciones y finalidades propias que deben ser amparadas, para así evitar la inclusión de funcionarios que se encuentran ligados al gobierno de turno, afectando su propia estructura”.

La entidad explicó que “conforme a lo expuesto, se tiene que, a partir de ese reglamento interno, se profundiza aún más la diferenciación existente entre los expertos y propiamente la organización que nutre la CREG”.

Según el ente judicial, la estructura que sigue tanto a la Comisión como al comité de expertos permite advertir la autonomía de este último, el cual se protege solo si es conformado por personas que no representan directamente las instrucciones políticas del gobierno de turno, y en el sub judice “es claro que el demandado al fungir como jefe de la oficina de la UPME, adscrita al ministerio de Minas y Energía, afectó la estructura de la comisión y, por ende, el Gobierno Nacional no podía haberlo plasmado en los términos que lo hizo”.

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De esta manera, se determinó que el Ejecutivo “excedió su atribución de designación del experto comisionado y afectó la arquitectura del ente. Por lo anterior, este cargo también es de recibo”.

Lea aquí todo el detalle del fallo del Consejo de Estado sobre la anulación del nombramiento de Manuel Peña como experto comisionado de la CREG:

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