Este martes la alcaldesa mayor, Claudia López, el presidente de Colombia, Iván Duque, y el gobernador de Cundinamarca, Nicolás García, presentaron la Red de Movilidad Multimodal Bogotá-Región proyectada al 2035, que incluye megaproyectos estratégicos, financiados vía Conpes, para el transporte público, local y regional:
1. Línea 2. Metro de Bogotá (Suba – Engativá)
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2. Regiotram del Norte
3. Extensión Troncal Avda. Ciudad de Cali (a calle 80)
4. Extensión Línea 1. Metro de Bogotá (en el norte de la ciudad)
5. Borde Occidental – Calle 13
Dichos proyectos deberán cumplir con los requisitos vigentes establecidos por el Gobierno Nacional para acceder a la cofinanciación.
Otras obras priorizadas en la Red de Movilidad Multimodal Bogotá – Región son los cables aéreos de San Rafael, San Cristóbal – Juan Rey, Ciudadela Sucre y Potosí- Sierra Morena, la Cicloalameda El Porvenir y la conexión Codito – La Calera.
Estas soluciones de movilidad estarán acompañadas de más infraestructura dedicada a ciclistas, e igualmente de Complejos de Intercambio Modal (CIM) y vías para la integración regional.
Este abecé resume en detalle de qué se trata esta iniciativa:
- ¿Qué es el Conpes “Apoyo del Gobierno nacional a la actualización del Programa Integral de Movilidad de la Región Bogotá- Cundinamarca (PIMRC)”?
Es un documento de política pública nacional donde el Gobierno ratifica su apoyo al Programa Integral de Movilidad de la Región Bogotá – Cundinamarca (Pimrc), contemplado en el Conpes 3677, mediante la actualización del mismo con una visión a 2027-2035 y de largo plazo, en donde se contemplen los componentes institucionales, de movilidad y financiamiento, así como la priorización de proyectos para fortalecer el sistema de transporte entre ciudad y departamento, y satisfacer las necesidades de movilidad de los habitantes de la región.
Vale la pena recordar que el Gobierno Nacional viene acompañando a las entidades territoriales de la Región Bogotá-Cundinamarca mediante el apoyo a sus estrategias de movilidad y con el cofinanciamiento de proyectos de transporte como:
• El Sistema de Servicio Público Urbano de Transporte Masivo de Pasajeros de Bogotá (TransMilenio fases I, II y III)
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• La Extensión de la Troncal Norte-Quito-Sur (NQS) de Transmilenio a Soacha (fase I, II y III)
• La Primera Línea de Metro de Bogotá (PLMB)-tramo I
• Las Troncales Alimentadoras de esta línea (Avenida 68 y Avenida Ciudad de Cali)
• El Regiotram de Occidente
- ¿Por qué se expide el nuevo Conpes si ya existía el Conpes 3677 de 2010?
Este nuevo Conpes se expide porque es necesario actualizar el Programa Integral de Movilidad de la Región Bogotá – Cundinamarca (Pimrc) definido en el documento Conpes 3677 de 2010, ya que el crecimiento demográfico y físico de la capital del país, así como de los municipios de la región, generan retos para la movilidad urbano regional, evidenciados en una mayor demanda de viajes de los habitantes.
La actualización del Pimrc prioriza nuevos proyectos de transporte para fortalecer el sistema de transporte de la ciudad– región y así satisfacer las necesidades de movilidad de los habitantes y fortalecer la conectividad e integración urbano – regional entre Bogotá y Cundinamarca.
- ¿Qué define el Conpes “Apoyo del Gobierno nacional a la actualización del Programa Integral de Movilidad de la Región Capital Bogotá-Cundinamarca (PIMRC)’?
Este Conpes actualiza el Programa Integral de Movilidad de la Región Capital con una visión de 2027-2035 y de largo plazo, contemplando aspectos de institucionalidad, planeamiento territorial, movilidad y financiamiento, así como la descripción de proyectos priorizados por los entes territoriales, susceptibles a ser cofinanciados.
- Con este Conpes, ¿el Gobierno Nacional debe cofinanciar todos los proyectos de transporte urbano que estructuren Bogotá y Cundinamarca?
El Gobierno de Colombia siempre acompañará a las autoridades locales y departamentales de todo el país para consolidar sistemas de transporte público que beneficien y brinden soluciones de movilidad urbana y regional a sus habitantes.
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La cofinanciación por parte de la Nación de los proyectos de transporte priorizados está sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 100 del Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022 (Ley 1955 de 2019), reglamentados por la Resolución 20203040013685 del Ministerio de Transporte, así como a la disponibilidad de recursos en el marco fiscal de mediano plazo de la Nación.
- ¿El Conpes prioriza proyectos de transporte público urbano?
No. En este documento, Bogotá y Cundinamarca presentan la priorización de proyectos de transporte para mejorar la movilidad de la región, con una visión a 2027-2035 y de largo plazo, y describe el estado actual de cada uno de ellos.
Los proyectos de transporte priorizados por los entes territoriales, debido a sus impactos en movilidad e integración conjunta de transporte para el horizonte 2035, son:
• Línea 2 del Metro de Bogotá a Suba-Engativá
• Extensión Primera Línea del Metro de Bogotá al norte
• Extensión troncal Avenida Ciudad de Cali
• Borde Occidental Calle 13
• Troncal y Regiotram del Norte
Para que los proyectos puedan acceder a la cofinanciación, deberán cumplir los requisitos vigentes establecidos por el Gobierno Nacional.
- El Conpes resalta que existen otras alternativas de financiamiento de los sistemas de transporte, ¿cuáles son?
El artículo 97 del Plan Nacional de Desarrollo establece que las entidades territoriales podrán establecer recursos complementarios a los ingresos por recaudo de la tarifa al usuario, que podrán ser canalizados a través de
fondos de estabilización y subvención, para contribuir a la sostenibilidad de los sistemas de transporte; a la calidad del servicio y de su infraestructura; a incrementar la seguridad ciudadana, la atención y protección al usuario, y el mejoramiento continuo del sistema, y contar con mecanismos de gestión de la demanda. Las fuentes podrán ser:
• Recursos propios territoriales
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• Contribución por el servicio de estacionamiento fuera de vía
• Estacionamiento en vía pública
• Infraestructura nueva para minimizar la congestión
• Áreas con restricción vehicular
• Multas de tránsito (podrán destinar un porcentaje hasta del 60 % del recaudo correspondiente a la entidad territorial por concepto de multas de tránsito para el funcionamiento sostenible de sus sistemas de transporte público masivo y colectivo o transporte no motorizado)
• Tarifas de servicio de transporte público complementario
• Derecho real accesorio de superficie en infraestructura de transporte
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