Una de las decisiones más relevantes que deben tomar los trabajadores en Colombia, especialmente al acercarse a los diez años previos a la edad de pensión, es el posible traslado entre regÃmenes pensionales. Esta elección implica analizar diversos factores que pueden incidir de manera significativa en su futuro financiero.
En atención a esta necesidad, se implementó un mecanismo obligatorio denominado doble asesorÃa pensional, donde su propósito es brindar a los ciudadanos una orientación objetiva, clara y suficiente antes de efectuar cualquier modificación en su afiliación.
Este procedimiento aplica exclusivamente a quienes desean cambiar de régimen entre el de prima media, administrado por Colpensiones, y el de ahorro individual con solidaridad, gestionado por los fondos privados de pensiones.
La doble asesorÃa garantiza que los afiliados reciban información detallada por parte de ambas entidades, permitiéndoles comparar condiciones, beneficios y proyecciones de pensión en cada sistema. El objetivo es que puedan tomar una decisión informada, basada en su situación laboral, historial de cotización y expectativas económicas a futuro.
Asà funcionarÃa la doble asesorÃa con la reforma pensional en Colombia
Con la entrada en vigor de la reforma pensional, la doble asesorÃa seguirá cumpliendo un papel central dentro del sistema. Este mecanismo será obligatorio en dos escenarios especÃficos.
El primero, para los afiliados que están próximos a cumplir la edad para pensionarse y evalúan la posibilidad de cambiar de régimen. El segundo, para quienes se encuentren amparados por el Régimen de Transición, conforme a lo estipulado en la Ley 2381 de 2024.
Este régimen especial cobija a las mujeres que hayan alcanzado al menos 750 semanas cotizadas y a los hombres con un mÃnimo de 900 semanas, siempre que dichos requisitos se hayan cumplido antes del 30 de junio de 2025.
Para estas personas, la doble asesorÃa constituye un requisito indispensable para ejercer su derecho a trasladarse bajo las condiciones excepcionales que establece el nuevo sistema.
El proceso de asesorÃa se desarrolla en tres etapas. En primer lugar, el afiliado debe establecer contacto con ambas administradoras (Colpensiones y el fondo privado correspondiente). Luego, debe asistir a las dos sesiones de asesorÃa, en las que cada entidad presenta un análisis individualizado del caso, con proyecciones y beneficios estimados. Finalmente, si el afiliado decide continuar con el proceso, debe radicar formalmente la solicitud de traslado.
Las asesorÃas pueden llevarse a cabo de manera presencial, en las oficinas de cada entidad, o a través de los canales digitales habilitados, lo que permite una mayor cobertura y acceso para los ciudadanos, especialmente aquellos que residen fuera de las principales ciudades.
Es fundamental tener presente que el nuevo Sistema de Protección Social para la Vejez entrará en vigor el 1 de julio de 2025. Para acogerse al Régimen de Transición y ejercer la Oportunidad de Traslado, los afiliados deberán cumplir con los requisitos exigidos antes de esa fecha. Además, el 16 de julio de 2026 se ha establecido como el plazo máximo para formalizar cualquier traslado bajo las condiciones especiales previstas en la nueva normativa.