La pensión de sobrevivientes es un beneficio que garantiza apoyo económico a los familiares de un afiliado fallecido. Este mecanismo, respaldado por las cotizaciones efectuadas por el afiliado, constituye un alivio esencial para sus beneficiarios. Asimismo, en caso de fallecimiento de un familiar cercano, es posible acceder a esta prestación siempre que se cumplan las condiciones legales establecidas.
Desde el Ministerio de Justicia se destaca la relevancia de la pensión de sobrevivientes administrada por Colpensiones. Este beneficio está dirigido exclusivamente a los familiares que, al momento del fallecimiento del afiliado, cumplan con los requisitos legales y económicos exigidos. Entre los beneficiarios se encuentran:
- El cónyuge
- Hijos menores de edad.
- Hijos entre los 18 y 25 años que se encuentren estudiando.
- Hijos en condición de invalidez que dependen económicamente del afiliado.
- Padres que dependen económicamente del afiliado fallecido.
- Hermanos en condición de invalidez, si dependían económicamente del afiliado.
En caso de que la solicitud sea denegada, el interesado puede presentar recursos de reposición o apelación para solicitar una revisión del caso.
Colpensiones y el cambio para entrega de pensión de sobrevivientes ordenado por la Corte
La Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-496/24, reiteró la obligación de Colpensiones de actuar con especial cuidado y diligencia en los trámites relacionados con personas en situación de discapacidad. Este fallo se originó a raíz de un caso en el que la entidad negó el reconocimiento de una pensión de sobrevivientes a una madre cuyo hijo, de 36 años, había sido diagnosticado con esquizofrenia desde los 21 años. La negativa inicial se fundamentó en que el hombre no cumplía con los requisitos para ser considerado dependiente económico.
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Tras analizar el caso, la Corte concluyó que el joven no era económicamente autosuficiente y dependía del apoyo económico de su padre mientras este vivía. En su decisión, la Corte ordenó a Colpensiones evaluar con mayor rigurosidad las pruebas presentadas y garantizar el cumplimiento de sus obligaciones hacia las personas con discapacidad, reconociendo su derecho a una protección especial.
En este contexto, Colpensiones deberá garantizar el acceso a la pensión de sobrevivientes para los hijos con discapacidad, asegurando así una vida digna para ellos.