El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo informó que prepara un proyecto de Decreto —con medidas transitorias— para articular la normatividad de las zonas francas con los lineamentos de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno colombiano ante la presencia del coronavirus (Covid-19).
“Es importante aclarar que el régimen de zonas francas consagra el principio de exclusividad, por lo tanto, dispone que los usuarios deben estar instalados únicamente en la zona franca y garantizar que su actividad se realice solamente dentro de dichas áreas”, dilucidó la cartera de Comercio.
En ese sentido, el decreto permitirá, de manera temporal y hasta por el término que dure la declaratoria de la emergencia sanitaria, que los empleados de las zonas francas realicen su labor fuera del área declarada y el usuario operador deberá autorizar la salida de equipos de telecomunicación necesarios para el contacto entre el trabajador y la empresa.
“Estamos tomando las medidas pertinentes para contener la propagación del virus y, al mismo tiempo, reducir los impactos para el sector empresarial”, explicó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo
“Por eso tomamos la decisión de flexibilizar la exclusividad del régimen franco, por el término de la declaratoria de la emergencia sanitaria”, añadió.
Igualmente, la reglamentación dispone que para las zonas francas transitorias declaradas a la fecha y que se ven obligadas a suspender sus eventos feriales, se establece que el periodo de declaratoria podrá ser prorrogado por una sola vez y hasta por doce (12) meses.
—