Colombia | Debate de moción de censura a Irene Vélez será el 23 de noviembre

Tras quejas de partidos políticos por la gestión de la ministra de Minas y Energía, se dará el debate de moción de censura a Irene Vélez

Irene Vélez, ministra de Minas y Energía de Colombia
Irene Vélez, ministra de Minas y Energía de Colombia Imagen: Cortesía Cumbre del Petróleo, Gas y Energía

Tras las múltiples quejas de partidos políticos, congresistas, líderes de opinión, actores del sector minero-energético y ciudadanos sobre la gestión de la actual ministra de Minas y Energía de Colombia, el primer debate de moción de censura a Irene Vélez será el 23 de noviembre.

Se espera que, en el marco de la iniciativa, Vélez Torres responda ante las acusaciones que varios actores han hecho en contra de su gestión a raíz de declaraciones, decisiones y anuncios que se han hecho públicos en su gestión como jefe de una de las carteras más importantes del país.

El Congreso de la República de Colombia ha catalogado como desacertados tales anuncios. Además, el legislativo considera que Vélez no tiene conocimientos suficientes para estar al frente de esta cartera.

¿Por qué se convoca a Irene Vélez a moción de censura?

Las bancadas de Cambio Radical y Centro Democrático -partido que manifiesta abiertamente su oposición al Gobierno de Gustavo Petro- han asegurado que la petición de moción -la primera en contra de uno de los funcionarios de la nueva administración- busca aclarar varios de los anuncios y decisiones tomadas por la funcionaria.

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Según información de la oposición, se considera que la ministra de Minas y Energía tiene responsabilidad política por la crisis económica que está viviendo el país, pues se considera que anuncios o menciones de iniciativas como el decrecimiento económico, la no exploración y explotación de hidrocarburos, entre otros, tienen incidencia directa en indicadores como el dólar, acciones de Ecopetrol y demás.

Vale mencionar que la moción de censura contra Irene Vélez Torres ha tenido el respaldo de, al menos 30 congresistas, especialmente -como se mencionó anteriormente- de los partidos Centro Democrático y Cambio Radical -partido en independencia crítica al nuevo Gobierno-.

El respaldo a Irene Vélez

En la V Cumbre del Petróleo, Gas y Energía, el presidente del Congreso de la República de Colombia, Roy Barreras, anunció que Irene Vélez tiene y tendrá el apoyo del Pacto Histórico, esperando que la funcionaria siga en su cargo.

“La ministra de Minas tiene todo nuestro respaldo en el Congreso y no será censurada. Independientemente de las opiniones técnicas, ningún Gobierno que le garantice a su país la solidez suficiente para gobernar bien, puede permitirse el lujo que en los primeros 90 días le censuren un ministro y menos una ministra”, expresó Barreras.

Agregó que el partido va a ayudarla “a que construya equipos técnicos que la lleven a la conclusión de que la transición energética es ordenada, planeada, organizada y no es abrupta. No es cerrar la llave del gas ni del petróleo, es abrirla para financiar la transición”.

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¿Qué es una moción de censura?

De acuerdo con el Senado de Colombia, proponer moción de censura respecto de los ministros, superintendentes y directores de departamentos administrativos por asuntos relacionados con funciones propias del cargo, o por desatención a los requerimientos y citaciones del Congreso de la República.

La moción de censura, si hubiere lugar a ella, deberá proponerla por lo menos la décima parte de los miembros que componen la respectiva Cámara.

La votación se hace entre el tercero y el décimo día siguientes a la terminación del debate, con audiencia pública del funcionario respectivo.

Su aprobación requerirá el voto afirmativo de la mitad más uno de los integrantes de la Cámara que la haya propuesto.

Una vez aprobada, el funcionario quedará separado de su cargo, pero si es rechazada, no podrá presentarse una nueva moción de censura sobre la misma materia, a menos que la motiven nuevos hechos.

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La renuncia del funcionario no obsta para que la misma sea aprobada conforme a lo previsto en este artículo.

Pronunciada una Cámara sobre la moción de censura su decisión inhibe a la otra para pronunciarse sobre la misma.

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