Todos los años, las empresas deben consignar a sus empleados el pago de las cesantías a su fondo privado (Protección, Porvenir, Skandia o Colfondos) o público (Fondo Nacional del Ahorro), las cuales corresponden a un mes de salario por un año completo de trabajo con corte al 31 de diciembre del año previo. Ese pago es proporcional si el trabajador lleva menos tiempo en la empresa.
Como cada año, el plazo para consignar las cesantías es hasta el 14 de febrero, en razón a que estas deben ser depositadas en las cuentas de los empleados antes del 15 de febrero.
De esta manera, el límite final para 2023 caerá el día martes de la tercera semana del mes.
“El Ministerio del Trabajo recuerda a los empleadores del país, que tienen como fecha límite hasta el 14 de febrero para consignar en el fondo público o privado las cesantías de cada trabajador correspondientes al tiempo laborado”.
¿Quiénes reciben las cesantías en Colombia?
La prestación social que está regulada en el artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo –CST, debe pagarse a todo trabajador dependiente, que incluye personal del servicio doméstico, trabajadores por días y de tiempo parcial.
Es de anotar, que los trabajadores que devengan salario integral no reciben cesantías, ya que estas se encuentran incluidas en el 30 % que se les otorga como factor prestacional.
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De otra parte, se recomienda a los independientes o a aquellos que tengan contrato por prestación de servicios, ahorrar voluntariamente en un fondo de cesantías privado o público el equivalente a un mes de ingresos para que pueda tener así una previsión en caso de quedar cesante.
Según la ley colombiana las cesantías pueden ser usadas como seguro por desempleo, para mejorar o adquirir vivienda o para pagos de educación propia, del cónyuge o de los hijos.
Por eso tenga siempre en cuenta la importancia de estos recursos y en caso de no necesitarlos para los temas mencionados, no recurra a trucos como inventarse facturas de reparaciones locativas para retirar y gastar ese dinero en compras innecesarias o para hacer inversiones que no tengan un respaldo financiero reconocido.