Cambio que tendría cuota alimentaria en Colombia: Padres pagarían más de $700.000

Desde el Ministerio de Justicia, por medio de un proyecto, buscan generar mayor responsabilidad en el pago de la cuota alimentaria.

Cuota alimentaria
Cuota alimentaria en Colombia. Foto: tomada de Freepik

La cuota alimentaria en Colombia es una obligación que deben cumplir los padres de familia para garantizar el derecho de los menores a una mejor calidad de vida, según lo establecido en el Código Civil.

Sin embargo, el aumento en los procesos por inasistencia alimentaria ha generado preocupación en el país. De acuerdo con datos de la Fiscalía General de la Nación, en 2024 se iniciaron 15.948 procesos por incumplimiento de esta obligación. Cabe destacar que quienes no cumplan con el pago de la cuota alimentaria pueden enfrentar condenas en centros penitenciarios.

Para fortalecer el cumplimiento de esta responsabilidad, la Ley 2242 de 2022 establece el pago de la cuota alimentaria mediante libranza, un mecanismo que permite descontar el monto correspondiente directamente del salario o la pensión del deudor.

En este contexto, el busca implementar medidas más estrictas para los padres morosos, promoviendo un decreto que refuerce la aplicación de esta ley. Actualmente, el decreto se encuentra en fase de comentarios y se espera su aprobación en los próximos seis meses.

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El artículo 6 de la Ley 2242 establece que el pago por libranza será obligatorio en los casos en que se haya fijado una cuota alimentaria mediante conciliación o sentencia judicial. Esta medida garantizaría que los recursos lleguen de manera efectiva a los beneficiarios, evitando la evasión de la responsabilidad.

El proyecto de reglamentación ha sido elaborado por el Ministerio de Justicia en conjunto con la Consejería Presidencial, la Superintendencia Financiera y la Consejería para la Equidad de la Mujer. Se prevé que este mecanismo permita realizar los pagos de manera automática, con descuentos directos del salario o la mesada del deudor.

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Casos en que se prolonga la cuota alimentaria en los hijos Foto: tomada de Freepik

El pago podrá efectuarse mediante orden judicial, determinando el descuento correspondiente para ser girado al beneficiario o consignado en un depósito judicial, según lo disponga el juez. También podrá autorizarse por conciliación entre las partes, dejándose constancia en el acta respectiva.

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Asimismo, quienes ya cuenten con un acuerdo previo y deseen modificarlo debido a incumplimientos podrán solicitar ajustes mediante procesos judiciales.

¿Cuánto será el descuento aplicado a los deudores?

Con la implementación de estas medidas, el deudor podrá autorizar el descuento a través de un escrito dirigido a su empleador o fondo de pensiones. Dicho descuento podrá alcanzar hasta el 50 % del salario.

Por ejemplo, si una persona devenga el salario mínimo mensual legal vigente en 2025, establecido en $1.423.500, el descuento podría ser de hasta $711.750. En caso de salarios más altos, el monto descontado será proporcionalmente mayor.

Es importante destacar que las empresas y los fondos de pensión, tanto públicos como privados, deberán verificar el cumplimiento de estas disposiciones. Los descuentos solo podrán aplicarse en los casos previstos por la ley, garantizando que se apliquen exclusivamente en procesos de incumplimiento de cuota alimentaria en Colombia.

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