¿Quiénes se podrán cambiar de fondo de pensiones en Colombia con la reforma del gobierno Petro?

La reforma aprobada por el Congreso dispone de una periodo para quienes se quieran cambiar de fondo de pensiones en Colombia

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La reforma pensional de Petro haría que millones de colombianos pase de cotizar en fondos privados a Colpensiones. Fotos: Valora Analitik y Presidencia.

En medio de los periodos de transición que se aprobaron en la reforma del gobierno del presidente Gustavo Petro, hay algunas nuevas disposiciones sobre aquellas personas que todavía quieren tomar la opción de cambiar de fondo de pensiones en Colombia.

Esta disposición cobija a ciertos trabajadores que todavía se encuentran cotizando, pero que ya tienen un número importante de semanas reportadas dentro del sistema.

Con lo aprobado por la reforma, las personas que se podrán cambiar de fondo de pensiones en Colombia serán aquellas que tengan 750 semanas cotizadas, para el caso de las mujeres y 900 semanas cotizadas para el caso de los hombres.

En los dos casos se podrán trasladar de Colpensiones a un fondo privado, o viceversa, quienes certifiquen que les falten menos de 10 años para tener la edad de pensión.

Cambiar de fondo de pensiones en Colombia
Las ganancias de colombianos en fondos de pensiones sumaron más de $5 billones en abril de 2023. Imagen: Colpensiones

Esto se pagará en la jubilación a quienes busquen cambiar de fondo de pensiones en Colombia

El beneficio se centra entonces en que quienes decidan tomar la opción tendrán dos años, a partir de la promulgación de la reforma pensional en Colombia, para moverse de régimen respecto de la normatividad anterior.

El otro requerimiento también deberá centrarse en certificar la doble asesoría, que no es otra cosa que ir a los dos regímenes para poder tener la información de cuál sistema de jubilación (ahorro individual o sistema solidario) le conviene al trabajador.

Así mismo, las personas que decidan cambiar de fondo de pensiones en Colombia tendrán la garantía de que los valores contenidos en las cuentas de ahorro individual “seguirán siendo administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones hasta el momento en que se consolide la pensión integral de vejez o la pensión de vejez del régimen anterior”.

Cambiar de fondo de pensiones en Colombia
Oficina de Colpensiones en Colombia. Foto: Valora Analitik

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Finalmente, quienes obtengan el traslado en aplicación de esta norma, y “tengan en curso un proceso judicial en el que se pretenda la ineficacia o nulidad de traslado, se entenderá la carencia de objeto referente a la nulidad o ineficacia de traslado”.

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