El próximo año entrará en vigor en Colombia el nuevo sistema de pagos inmediatos de bajo monto.
La idea de esta iniciativa es lograr que los pagos entre las entidades financieras se puedan realizar en cuestión de 20 segundos y a un costo cercano a 0.
De acuerdo con la información entregada por el Banco de la República que ha liderado el proyecto, la idea es que las billeteras o sistemas de bajo valor como Transfiya, Redeban, entre otros, puedan realizar transferencias las 24 horas del día y los 365 días del año.
Cabe señalar que el valor máximo de una transacción en este nuevo sistema será el equivalente en moneda legal corriente a 1.000 Unidades de Valor Básico (UVB), es decir, el máximo que cada persona podrá transferir será de $10’951.000.
Es valioso señalar que dentro de los tiempos que contempla el emisor se establece que el sistema entre en funcionamiento entre marzo y mayo del 2025.
¿Por qué se llama Bre-B el nuevo sistema de pagos inmediatos?
De acuerdo con la información que entregó el BanRep, el sello que tendrá este nuevo sistema de pagos inmediatos estará denominado como Bre-B.
“El Banco de la República determinó que para identificar la prestación de servicios relacionados con órdenes de pago y/o transferencias de fondos inmediatas (OP/TF Inmediatas) se contará con un sello que se denomina Bre-B, escrito tal cual como se muestra y se leerá como “breve”, sin incluir espacios, variaciones o cambios en las mayúsculas y minúsculas”, señaló el documento.
Otra de las particularidades que tendrá es que las personas podrán ingresar a la aplicación de manera manual o por medio de un código QR.
Sin embargo, resaltó que esta imagen no podrá estar acompañada de otros logos en entidades privadas o del sector financiero.
“En la ubicación de la zona Bre-B la imagen del sello para uso en el canal digital no podrá estar acompañada de otras imágenes o logos”, resaltó.
Esto pasará con las llaves que permitirán el acceso al sistema de pagos
Vale resaltar que los interesados en hacer parte de este sistema de pagos deberán hacerlo por medio de las denominadas llaves.
Estas llaves estarán distribuidas por la identificación de la persona, el número de celular o incluso su correo electrónico.
“Durante la Fase 4 estarán disponibles los procesos de gestión de registro, modificación y cancelación de la Llave”, resaltó ese documento.
Además, el emisor resaltó que en la siguiente fase solo será usada como llave para procesar pagos a comercios.
“Una vez iniciada la fase 5 descrita solo será usada como llave para procesar pagos a comercios el código de comercio asignado por el adquirente. Los demás tipos de llaves que se pueden ofrecer a los comercios deberán habilitarse seis meses después de iniciada la Fase 5 en mención”, se lee en otro aparte.
¿Cómo funcionarán los registros de llaves?
De acuerdo con la información que ha sido suministrada por el banco central de Colombia, el proceso de registro de las llaves para las personas se deberá hacer 10 días antes de la finalización de la fase 4.
“Si no se evidencia el registro de llaves de al menos el 85 % de los clientes activos en las bases de datos vigentes de los Sistemas de Pagos de Bajo Valor Inmediatos (SPBVI) que procesan pagos entre personas, se procederá con la inscripción en el directorio federado de identificadores que coincidan con alguno de los tipos de llaves descritos.
Resaltó que para el cálculo del 85 % en mención se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
El primero es que sea un cliente activo, estos están serán los que presenten al menos tres operaciones exitosas, en calidad de ordenante o receptor, en los últimos cuatro meses contados hacia atrás desde el primer día de inicio de la Fase 4.
Lo segundo es el proceso de inscripción se llevará a cabo en los siguientes términos:
El identificador que se inscriba deberá cumplir con las características de los tipos de Llaves, deberán estar registrados en el sistema.
Lo tercero es la confirmación y registro. Allí el cliente confirma y registra como llave el identificador inscrito, siguiendo el proceso definido por el participante.
“La información de las llaves confirmadas deberá actualizarse en los directorios federados de acuerdo con el mecanismo operativo y lineamientos que el SPBVI defina para esta actividad”, resaltó el documento.
Y, el último, es la modificación, dentro de este el cliente podrá modificar el identificador inscrito por una llave.
Registro de llaves para pagos a comercios
Otro paso que resalta este sistema de pagos tiene que ver con el registro de llaves para los pagos a comercios.
Aquí se tendrán en cuenta los comercios que hayan recibido al menos tres operaciones exitosas en los últimos cuatro meses.
“Se registrarán las llaves de los comercios que cuenten con el código de comercio asociada a un único medio de pago”, resaltó el documento.
Las llaves código de comercio serán registradas en el directorio federado y en el directorio centralizado y quedarán allí de manera permanente.
El comercio podrá cancelar, modificar o realizar los demás procesos de las llaves.
Es importante mencionar que el emisor deberá realizar procesos de educación y socialización dirigidas a los comercios sujetos al registro de llaves descrito en esta sección, informándoles que su llave ya se encuentra registrada.
—