A espera de que empiece a discutirse la reforma en la Cámara de Representantes de Colombia, el documento explica lo que puede llegar a pasar con la entrega del bono pensional que se prometió en el marco de la más reciente campaña presidencial.
La nueva ponencia para la Cámara dispone y clarifica los mecanismos que se van a utilizar para entregar este ingreso a los adultos mayores, que se encuentran en la línea de pobreza.
Advierte el proyecto de ley que para poder recibir el bono pensional en Colombia se necesitará tener mínimo 65 años en hombres y 60 años mujeres.
Así mismo, se entregará para los hombres mayores de 55 años con discapacidad o mujer mayor de 50 años y poseer una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 %.
Según el proyecto de reforma pensional, es necesario acreditar la residencia en Colombia, mínimo de 10 años, inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acceder a la Renta Básica Solidaria.
¿Cómo se entregaría el bono pensional en Colombia?
A diferencia del proyecto que se había aprobado en el Senado, esta nueva ponencia de la reforma dispone los mecanismos que se usarían para entregar los recursos.
Se focalizará la entrega del bono pensional en Colombia al integrar el “grupo de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad, conforme al Sisbén o el instrumento de focalización que lo reemplace”, se lee en el proyecto radicado por el Ministerio del Trabajo.
Las personas que sean beneficiadas con esta transferencia tendrían que hacer la vinculación ante el Departamento Administrativo de Prosperidad Social, “de conformidad con la reglamentación que se expida para el efecto”.
Con esto, este bono pensional en Colombia se enfocará a la línea de pobreza extrema que se certifique para el año 2023, incrementada por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que certifique el DANE para el año 2024.
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“A partir de la vigencia 2026, el valor de la Renta Básica Solidaria se actualizará anualmente a partir del primero de enero de conformidad con la variación en el IPC del año inmediatamente anterior certificado por el DANE”, aclara el proyecto de ley.
Finalmente, se explica quienes estén en el Programa Colombia Mayor que no sean elegibles para el beneficio del bono pensional continuarán recibiendo el beneficio de Colombia Mayor.
“Cuando cumplan los requisitos del Pilar Solidario accederán al mismo, sin que estos dos beneficios puedan coexistir simultáneamente para una misma persona”, concluye la propuesta.