Bogotá lanza el mecanismo de obras por impuestos para incentivar inversión en infraestructura

Los contribuyentes pueden acogerse a este esquema mediante dos modalidades.

Obras por impuestos
Obras por impuestos. Foto: cortesía.

La Alcaldía de Bogotá ha expedido el Decreto 054 de 2025, el cual reglamenta el mecanismo de «Obras por Impuestos», una nueva alternativa para que empresas y personas con altos ingresos puedan pagar sus impuestos distritales financiando proyectos de infraestructura y desarrollo social en la ciudad.

El mecanismo permite que aquellos contribuyentes que hayan tenido ingresos brutos iguales o superiores a 33.610 Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir, un poco más de $1.600 millones, puedan destinar recursos a la ejecución de obras públicas en lugar de pagar ciertos impuestos de manera tradicional.

Dos formas de participar a obras por impuestos

Los contribuyentes pueden acogerse a este esquema mediante dos modalidades:

  1. Ejecutando directamente obras o proyectos en convenio con entidades del Distrito. En este caso, las empresas financian y construyen las obras, y una vez entregadas satisfactoriamente, reciben un título que les permite compensar su inversión con el pago de impuestos.
  2. Aportando recursos a un fondo fiduciario que se utilizará para financiar proyectos previamente aprobados por la Alcaldía, garantizando que el dinero se invierta en iniciativas prioritarias para la ciudad.
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Obras por impuestos. Foto: Valora Analitik

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Las obras deberán tener un impacto social significativo y estar alineadas con el Plan de Desarrollo de Bogotá. Algunos ejemplos pueden ser la construcción de vías, colegios, hospitales o espacios públicos.

La Secretaría Distrital de Hacienda y la Secretaría Distrital de Planeación tienen seis meses para definir el manual operativo del mecanismo, que detallará los procedimientos específicos y los proyectos elegibles.

El decreto permite que personas jurídicas y naturales presenten proyectos de inversión a ser financiados a través de este sistema, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos. Las obras aprobadas serán financiadas en su totalidad por los contribuyentes de impuestos distritales, quienes deberán garantizar la entrega satisfactoria del proyecto para el reconocimiento del pago.

Las modalidades de financiación incluyen la celebración de convenios con entidades distritales, que permiten a los contribuyentes ejecutar obras y recibir Títulos para la Renovación del Territorio Distrital (TRTD) para pagar impuestos, y la modalidad fiducia, donde el valor total del proyecto se deposita en una fiducia para su ejecución.

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