Bien se sabe que las facturas de servicios públicos cuentan con el nombre de un titular. Sin embargo, lo que pocos saben es que esto le puede traer muy buenos beneficios personales, pero también económicos. Este proceso, por lo general, pasa desapercibido cuando se adquiere un inmueble usado, lo que muchas veces genera confusiones. No obstante, cuando se hace el cambio del titular, podrá adquirir beneficios importantes.
¿Qué beneficios trae ser titular en los servicios públicos?
Si usted es el titular en los recibos de servicios públicos en las diversas facturas, esto le ayuda a que establezca un historial financiero favorable. Con esto, usted puede acceder a productos financieros en entidades bancarias, teniendo en cuenta que estas facturas las usan algunos bancos como referencia para los pagos, lo que depositaría una mayor confianza.
Asimismo, existen casos en que puede recibir ayudas estatales. Esto se da porque algunas entidades gubernamentales suelen exigir facturas de servicios públicos a nombre del solicitante para que se valide la situación socioeconómica en la que vive. Con esto, puede acceder a subsidios o ayudas relacionadas con consumo de servicios.
Otro de los beneficios que puede recibir es en almacenes y comercios, los cuáles piden usar los recibos de servicios públicos como un respaldo para el financiamiento de compras. Esto, por lo general, es común en planes de crédito que se ofrecen en diferentes almacenes.
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Con las facturas a su nombre, también podrá acceder a seguros financieros y otros planes que funcionan con alianzas empresariales. Esto puede ser beneficioso para usted.
¿Cómo hacer el proceso para el cambio de titular en las facturas de servicios públicos?
Las compañías encargadas de cada servicio suministrado tienen diversos requisitos para que se haga el cambio de titular. Pero por lo general suelen solicitar algunos documentos como:
- Certificado de libertad y tradición: Este documento debe tener una vigencia específica según el servicio:
- Energía: máximo 90 días.
- Acueducto y alcantarillado: máximo 60 días.
- Gas: máximo 30 días.
- Documento de identificación: Usualmente, la cédula de ciudadanía del solicitante.
- Propiedad del inmueble: En muchos casos, se requiere ser el propietario del predio para efectuar el cambio.