La reforma que aprobó el Congreso de la República trata también sobre lo que pueda pasar con el auxilio funerario de Colpensiones para este año. Habrá algunos requisitos clave para poder acceder a este beneficio.
De acuerdo con el gobierno del presidente Petro, mantener este beneficio para los trabajadores es fundamental en la medida en que son derechos adquiridos por los empleados.
El auxilio funerario de Colpensiones va a entregarse siempre y cuando se cumplan algunos infaltables y es clave que los beneficiarios tengan a la mano documentos como pagos a casas funerarias, certificados de defunción, entre otros.
Hay que recordar que esta herramienta ya hacía parte del sistema vigente de jubilaciones y seguirá funcionando desde julio de este año, cuando entre en vigor la nueva reforma.
¿Quiénes van a tener acceso al auxilio funerario de Colpensiones?
- La persona que compruebe haber sufragado los gastos de entierro de un(a) afiliado(a) o pensionado(a), tendrá derecho a percibir un auxilio funerario equivalente al último salario base de cotización
- El pago también deberá ser el correspondiente a la última mesada pensional recibida
Este auxilio funerario de Colpensiones no podrá ser inferior a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni superior a diez veces dicho salario, complementa la nueva norma.
Al tiempo que el auxilio funerario en la pensión familiar se entregará a la persona que compruebe haber sufragado los gastos de entierro de alguno de los cónyuges o compañeras permanentes. Quienes sean “beneficiarios de la pensión familiar tendrán derecho a percibir un auxilio funerario equivalente al 50 % de esta prestación”.
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Aclara la nueva ley que esta prestación será asumida y pagada a manos del Componente de Prima Media administrado por Colpensiones.