La Asociación Colombiana de Grandes Consumidores de Energía Industriales y Comerciales (Asoenergía) pidió prudencia frente al aumento marginal que se ha presentado en los niveles de los embalses en Colombia, pues considera que éstos están muy por debajo de lo necesario para manejar cualquier contingencia que se presente en el sistema eléctrico nacional.
Sandra Fonseca, directora Ejecutiva de Asoenergía, explicó que, pese a que los niveles de los embalses aumentaron 1,92 puntos porcentuales en los últimos cinco días -gracias a las lluvias presentadas en las cuencas de los ríos que los alimenta-, el despacho de generación térmica esta igualmente por debajo de la capacidad declarada diaria y la capacidad efectiva neta.
“Sorprende a la demanda que bajo estas circunstancias las ofertas de precios en la bolsa de generadores hidráulicos se hayan reducido sustancialmente, causando que al aplicar la Resolución 40116 del Ministerio de Minas y Energía, la generación de seguridad fuera de mérito se dispare, y las restricciones, que afectan la tarifa directamente, se estima que hayan subido a más de $160/kwh, en los últimos tres días, mientras el previsto por el ministerio en el documento soporte de la Resolución era de $15,7/kwh1”, señaló la directora de Asoenergía.
Recomendado: Asoenergía advierte alzas de 30% en costo de energía para usuarios en Colombia
Fonseca advirtió que, además de desconocer los mecanismos previstos en el Cargo por Confiabilidad y su remuneración, por este efecto, ahora los usuarios del país deban pagar semejante costo adicional en restricciones.
Aclaró que no tiene explicación técnica la reducción de la oferta de precios en la bolsa de los generadores hidráulicos en las condiciones energéticas actuales, y por decisiones desarticuladas respecto al mecanismo de confiabilidad, se esté llevando a que las tarifas suban muy por encima de las estimaciones realizadas por el mismo Gobierno Nacional.
Por esto, Asoenergía sugiere que, al definir la energía térmica máxima despachable, se diferencie la adicional respecto a la remunerada por la Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Capacidad, y que, en cualquier caso, el redespacho de la bolsa, según esta exigencia normativa, defina el precio de bolsa.