Haga cuentas: así se liquida la prima de un trabajador doméstico

El Ministerio del Trabajo recordó que hasta el 20 de diciembre hay plazo para el pago de la prima de servicios en Colombia.

Así se paga la prima a su empleada doméstica en Colombia

El Ministerio del Trabajo recordó que hasta el 20 de diciembre hay plazo para el pago de la prima de servicios en Colombia.

Una de las grandes inquietudes de los colombianos que contratan personal para encargarse de las tareas de hogar, como planchada, aseo, jardinería, es si están obligados a pagar la prima de servicios. Vea más en Finanzas Personales.

El Ministerio del Trabajo en Colombia recordó que desde la promulgación de la Ley 1788 del 7 de julio de 2016 quedó como una obligación garantizar el acceso a condiciones de universalidad al derecho prestacional del pago de la prima de servicios para los trabajadores domésticos, un derecho constitucional de todos los empleados de Colombia.

“El Ministerio del Trabajo recordó a empleadores y particulares que contratan a trabajadores domésticos para que oportunamente realicen el pago de la prima de servicios, antes del 20 de diciembre”, indicó la cartera de gobierno encargada de la política del Trabajo.

Esta liquidación es una prestación social que corresponde a 30 días de salario laborado por año, el cual debe reconocerse en dos desembolsos: uno a mitad de año, máximo el 30 de junio y la otra a más tardar los primeros 20 días de diciembre.

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¿Cómo se debe pagar la prima de servicios?

Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo laborado (diario, semanal, quincenal o de tiempo completo).  Esto significa que el empleado recibirá 15 días de salario dos veces al año.

Entre este tipo de empleados, se encuentran quienes prestan servicios como trabajadores del hogar, realizando tareas de aseo, cocina, lavado, planchado, jardineros, cuidadores de fincas, conductores de servicio familiar, niñeras y mayordomos.

Así quedó establecido en la Ley 1788 del 7 de julio de 2016 con la que se buscó garantizar el acceso en condiciones de universalidad al derecho prestacional de pago de prima de servicios para los trabajadores domésticos como un derecho al que tienen todos los empleados en Colombia.

La fórmula para calcular la prima de servicios es: El salario base por los días laborados y este resultado se divide en 360. Si el trabajador laboró menos días, el procedimiento se debe hacer con el número de jornadas completadas.

Por ejemplo, una persona que gana un salario mínimo en 2021, es decir, $ 908.526 al mes, más el subsidio de transporte de $ 106.454 y se divide en 360. La totalidad, se fracciona en dos pagos (junio y diciembre), lo que significa que tiene derecho a una prima de servicios de $507.490 al año.

Para el caso de una persona que labora un día a la semana se multiplica por las 4.33 semanas que tiene el mes, es decir, el salario diario que es de $ 50.000 X 4.33 para un sueldo mensual de $ 216.500. 

Si se laboran dos días a la semana, se multiplica 4.33 X 2 X 50.000.

La Dirección de Inspección, Vigilancia y Control del Ministerio del Trabajo ha capacitado en el presente año a trabajadores del servicio doméstico en derechos laborales en 24 departamentos.

Entre enero y septiembre de 2021 se registró que cerca de 562 mil personas son trabajadores domésticos.  De las cuales 530 mil son mujeres y lo restante corresponde a hombres, de acuerdo con la Gran Encuesta Integrada de Hogares del Dane.

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