Así quedarán contratos para periodistas y comunicadores sociales con reforma laboral

Dentro del proyecto de Ley de reforma laboral se proponen nuevas condiciones para el desempeño de los trabajos de periodistas, comunicadores sociales y trabajos afines.

Así quedará la reforma laboral para los periodistas.
Así quedará la reforma laboral para los periodistas. Foto: Imagen de Lucia Grzeskiewicz en Pixabay.

Dentro del proyecto de Ley de reforma laboral se proponen nuevas condiciones para el desempeño de los trabajos de periodistas, comunicadores sociales y trabajos afines.

Dichos trabajos actualmente cuentan estos contratos con cláusulas de confianza y manejo, los cuales entregan diferentes horarios para el desempeño de estas actividades.

Hasta el momento aún no se conoce la ponencia para primer debate de esta reforma laboral, pero sí se presentaron varios cambios en relación con la primera que se radicó en el primer trimestre del año.

Estos son los cambios para los periodistas y comunicadores que tiene la reforma laboral

El primer cambio que estará en la reforma laboral para los periodistas, comunicadores sociales y afines tiene que ver con que el tiempo laborado no podrá exceder la jornada máxima establecida.

Esta es la nueva reforma laboral.
Esta es la nueva reforma laboral. Foto: MinTrabajo,

Lo segundo es que en caso de excederse el tiempo se remuneren los recargos que correspondan.

El tercer cambio va en el descanso dominical para los trabajadores de estos oficios.

Recomendado: ABC de la reforma laboral en Colombia

“Cuando estos trabajadores por la índole de sus labores no disfruten de su descanso dominical, el empleador deberá concederle el correspondiente día de descanso compensatorio”, resalta el documento.

El cuarto punto establece que el empleador deberá proveer todo lo necesario para desempeñar sus funciones con las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con las normas que rigen la materia.

De otro lado, el proyecto de Ley resaltó que en cualquier modalidad de contrato de trabajo para las profesiones y/o actividades reseñadas en el presente artículo, solo serán tenidas como válidas y de manera excepcional aquellas clausulas propias de la dirección, confianza y manejo, que se deriven de un esquema empresarial donde el cargo respecto de la estructura jerárquica pueda ser verificable o se encuentren justificadas en criterios de administración.

Convierta a Valora Analitik en su fuente de noticias