Celsia, filial del Grupo Argos, publicó un informe en el cual detalla cómo los usuarios pueden entender el cobro de la energía en Colombia, de acuerdo con sus consumos, cómo es la regulación y algunas contribuciones y subsidios establecidos.
¿Qué es la tarifa de energía eléctrica?
Es el precio unitario que paga mensualmente el cliente por su consumo y disfrute del servicio de energía eléctrica. La tarifa reúne un conjunto de activos, un esfuerzo operativo y una serie de actividades que los usuarios no perciben o no son conscientes que se realizan. Todo el proceso hace parte de la prestación del servicio y se contabiliza en el valor de la tarifa de energía.
¿Cómo se mide y se factura el consumo del cliente?
La medida del consumo se hace con los medidores que acumulan durante un mes la cantidad de kilovatios hora (kWh) utilizados por cada cliente. El precio de cada kWh resulta de sumar los costos en los que incurren las empresas prestadoras para brindar el servicio de energía eléctrica a sus clientes. El valor de la factura de energía es el resultado de multiplicar los kWh consumidos por el cliente por el costo unitario (CU) de cada kilovatio.
Adicionalmente, hay que tener en cuenta que, así como hay clientes que tienen subsidios determinados por la ley, también hay otros que por la misma razón pagan una contribución del 20%, o que en el caso de decisiones de los departamentos o municipios en los que viven, como el del Valle del Cauca, deben pagar además una tasa de seguridad.
¿Quién determina el costo unitario?
El precio o costo unitario que debe pagar cada cliente por el servicio de energía no lo determina la empresa prestadora del servicio. Esta responsabilidad recae sobre la CREG (Comisión de Regulación de Energía y Gas), entidad que establece los costos de dicha prestación del servicio a los clientes regulados en el Sistema Interconectado Nacional.
Así mismo, los componentes o costos de la tarifa reúnen los siguientes ítems:
Algunos impuestos, tasas o contribuciones que incrementan el valor de la factura de energía son:
La Ley de Servicios Públicos Domiciliarios establece que los estratos 1, 2 y 3 en Colombia pueden acceder a un subsidio en su factura de energía eléctrica, siempre y cuando no se supere el consumo básico o de subsistencia, teniendo en cuenta lo siguiente:
-El consumo de subsistencia en Colombia es de 173 kWh/mes para los clientes que viven en zonas a una altura inferior a 1.000 metros sobre el nivel del mar y de 130 kWh/mes para aquellos que residen en lugares con alturas superiores.
-En el estrato 1 el subsidio es de hasta el 60% del CU, en el estrato 2 hasta del 50% y en el estrato 3 hasta del 15%. Los clientes de estrato 4 no pagan contribución ni son sujetos de subsidio y los de estratos 5 y 6 y los comerciales deben pagar una contribución del 20%.
En el siguiente enlace puede descargar el informe completo con los detalles sobre el cobro de este servicio en el país:
—