Aprueban cambios para licencias de conducción que se vencían en 2022 en Colombia

Se suspenderán los términos del vencimiento de las licencias de conducción que fueron expedidas en 2012, cuando hubo cambio en la normativa.

Licencia de conducción en Colombia
Licencia de conducción en Colombia. Foto: Alcaldía de Bogotá.

La recientemente aprobada ley para reducir el costo del Soat en Colombia trajo consigo, además, un artículo que les dará tranquilidad a cerca de cuatro millones de ciudadanos.

De acuerdo con el texto aprobado esta semana en conciliación, se suspenderán los términos del vencimiento de las licencias de conducción que fueron expedidas en 2012, cuando hubo cambio en la normativa.

En ese entonces, por medio de un decreto ley, el gobierno de Juan Manuel Santos indicó que estos documentos tendrían una vigencia de 10 años para conductores menores de 60 años. Lea más en Finanzas Personales.

Esto venía generando traumatismo en la actual administración, ya que suponía que 3,8 millones de personas debían renovar su ‘pase’ entre el 1 y el 31 de enero del 2022, pero pocos habían hecho el trámite.

De hecho, el diálogo con Valora Analitik la semana pasada, la ministra de Transporte, Ángela María Orozco, dijo: “Nosotros habíamos iniciado una campaña de comunicación, aunque era imposible (lograrlo), porque en el país hay 58 centros de reconocimiento y logísticamente no es viable”.

Agregó que desde el Congreso propusieron la ampliación del plazo, que también les permitirá a las personas conseguir los recursos, puestos los exámenes a realizar en la renovación cuestan aproximadamente $300.000.

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Y ahora, el Legislativo le dio luz verde a este cambio, que permitirá que los ciudadanos tengan un plazo adicional de dos años para renovar su licencia.

Eso sí, Orozco advirtió que esto significa que en los dos años siguientes podrán hacerlo en cualquier momento. “Lo ideal es que no se deje para último momento”, añadió.

ABC de la renovación

Vale señalar que si bien la ley modificó las fechas para esta ocasión, se mantiene en firme la norma que dice que los conductores de servicio particular deberán renovar sus ‘pases’ cada 10 años si se tiene menos de 60 años.

En tanto, si el ciudadano tiene entre 60 y 80 años, el proceso debe realizarse cada cinco años, y para mayores de 80 años, debe hacerse anualmente.

En el caso de la licencia para servicio público, la renovación es cada tres años.

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Para los documentos expedidos después del 2010, se puede consultar su vencimiento en el documento o a través del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), ingresando a www.runt.com.co/ciudadano/consulta-documento

Si debe hacer la renovación, debe adelantar el trámite personalmente ante los organismos de tránsito de cada ciudad o municipio. No se requieren intermediarios y debe contar con lo siguiente:

  • Tener el documento de identidad original.
  • Acercarse a un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) y agendar una cita para realizarse los exámenes físico-mental y de coordinación motriz para conducir.
  • No contar con comparendos de tránsito, lo cual puede validar en la plataforma virtual SIMIT.
  • Pagar el valor de los exámenes.
  • Al momento de cumplir la cita debe llevar consigo el documento de identidad original y contar con mínimo una hora de disponibilidad.
  • Al terminar este proceso la información quedará cargada automáticamente en la plataforma Runt.
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