La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN) es el organismo encargado de cooperar con el estado colombiano en todo lo relacionado a la administración fiscal, control aduanero y cambiario.
La DIAN está habilitada para aprehender mercancía temporalmente mientras se verifica su legal introducción al país, una vez la autoridad aduanera comprueba que la persona natural o jurídica no ingresó legalmente la mercancía, la decomisa a favor de la nación.
El Art. 2 del Decreto 1165 de 2019 define aprehensión como: «una medida cautelar consistente en la retención de mercancías, medios de transporte o unidades de carga, mientras la autoridad aduanera verifica su legal introducción, permanencia y circulación dentro del Territorio Aduanero Nacional, en los términos previstos en este decreto».
En el proceso de importación los usuarios cuentan con 30 días calendario, desde la fecha de la llega de la mercancía al país, para nacionalizarla. Es decir, si una persona desea ingresar al país 30 perfumes Versace desde Estados Unidos o Europa, debe presentar la declaración de importación, pagando los tributos aduaneros, y cumpliendo con todos los requisitos para ser nacionalizados y poderlos vender legalmente.
“Una vez la mercancía queda en abandono a favor de la nación las personas pueden, en algunos casos, legalizar pagando “un rescate” para recuperarla. Si los artículos no tienen restricciones legales o administrativas pueden hacerlo, de lo contrario no podrán recuperarlos” explicó Ayline Giraldo, funcionaria de división de operación logística de la Dirección Seccional de Aduanas Bogotá.
Distribución de la mercancía
La DIAN delega unos funcionarios para que inspeccionen y determinen el destino de dichas mercancías, con el fin de clasificarlas bajo diversas modalidades como venta, donación, destrucción, chatarrización entre otras. Los funcionarios las clasifican entre:
- Mercancías nuevas en buen estado las cuales se pueden vender o donar. Ejemplo: ropa, zapatos, juguetes, elementos deportivos, entre otros.
- Mercancías en mal estado, usadas, que afecten la salubridad y seguridad pública y requieran vistos buenos de entidades como el ICA o Invima, serán destruidas. Ejemplo: licores, cigarrillos y celulares, entre otros.
- Vehículos en mal estado, conocida como maquinaria amarilla, que cuentan con un concepto previo de peritos especializados, serán chatarrizados. Ejemplo: camiones, volquetas, maquinaria pesada.
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“La DIAN tiene controles no sólo en aeropuertos o puertos marítimos sino en carreteras, locales comerciales, etc. Si una persona conduce su vehículo importado, la policía fiscal aduanera, POLFA, puede solicitarle los documentos que acrediten la legal introducción del mismo al país.
En caso de no presentarlos, la POLFA tiene facultad de decomisar el vehículo y a diferencia de la mercancía por nacionalizar, la persona tiene pocos días para demostrar legal introducción del automóvil al territorio nacional. Si no los presenta quedará a favor de la nación” añadió Giraldo.
Para la destrucción y chatarrización de mercancías, la entidad contrata a terceros que cuentan con permisos y licencias ambientales para poder realizarlas, además deben realizar los procesos bajo supervisión de funcionarios de la DIAN.