Alivios tributarios en Bogotá 2024: todo lo que debe saber para acogerse

Los contribuyentes que tienen sanciones e intereses por impuestos como el ICA o el vehicular en Bogotá pueden tener alivios tributarios.

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Tributación en Colombia. Foto: tomada de Freepik

Si no ha pagado el impuesto vehicular, el ICA u otro en Bogotá, y está en mora por múltiples deudas tributarias o no tributarias, podrá ahorrarse el 80 % en intereses y sanciones al pagar el 100 % del valor adeudado.

Esto gracias a los alivios tributarios 2024 que fueron aprobados en el Plan Distrital de Desarrollo ‘Bogotá Camina Segura’.

¿Qué obligaciones cobijan los alivios tributarios de Bogotá?

Para contribuyentes que se encuentren en la etapa de cobro de obligaciones tributarias​:

  • Predial o vehicular de las vigencias 2020, 2021 y 2022​
  • ICA y otros impuestos, deudas que entraron en mora entre el 12 marzo de 2020 y el 30 de junio de 2022

Para contribuyentes que tienen obligaciones en mora al 12 de junio de 2024 y la Secretaría de Hacienda:​

  • No ha emitido una liquidación oficial.
  • Emitió una liquidación oficial, pero no está en firme

De acuerdo con las cifras de la Secretaría de Hacienda, estos alivios tributarios pueden beneficiar a más de 1.105.000 contribuyentes con cerca de 2.778.934 obligaciones.

Obligaciones no tributarias

Son aquellas deudas con las secretarías del Distrito o Alcaldías​ Locales que hayan entrado en mora hasta el 30 de junio de 2022 por uso de bienes y servicios o por sanciones y multas.​ 

Es importante tener en cuenta que, para las multas de tránsito y las obligaciones con el fondo de salud, el alivio se debe solicitar en las secretarías de Movilidad y Salud, respectivamente.​

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“Invitamos a los contribuyentes para que aprovechen esta oportunidad para ponerse al día en sus obligaciones tributarias. El ahorro del 80 % en intereses y sanciones constituye un alivio para los bolsillos de los deudores y una oportunidad de ingresos para el Distrito”, aseguró la secretaría de Hacienda, Ana María Cadena.

Los interesados en los alivios tributarios tienen estas modalidades de pago

Pago completo del 100 % de la obligación y el 20 % de la sanción e intereses causados, que debe hacerse máximo hasta el 13 de diciembre del 2024.

Facilidad de pago que aplica únicamente para deudas de impuestos en etapa de cobro. El plazo para acogerse a esta facilidad vence el 15 de octubre de 2024.

Para acogerse a la facilidad de pago, el deudor debe pagar al menos el 30 % de todas las deudas a su cargo, incluidos capital, intereses y sanciones, aplíqueles o no el alivio tributario, y no estar reportado en el Boletín de Deudores Morosos del Estado por incumplimiento de acuerdo de pago.

Quienes cumplan con estos requisitos, deben diligenciar y firmar el formulario dispuesto en la página web y adjuntar copia de la cédula de ciudadanía del deudor.

Las personas interesadas en saber si son o no beneficiarias de los alivios tributarios puedan hacer la consulta en tres pasos:

  1. Ingresar a www.haciendabogota.gov.co y en el banner o el botón dispuesto en la página dar clic en ‘consultar’
  2. Al ingresar, se encontrará la información, fechas y todo lo necesario para acceder al alivio
  3. Ingresar el tipo y número de documento. Si la persona es beneficiaria, debe seguir el paso a paso del aplicativo
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