Agosto 23 a 31: cédulas que se les vence plazo para declarar renta

Las personas naturales que en 2020 superaron los topes para presentar su declaración de renta en Colombia deben estar atentos a estas fechas.

Las personas naturales que en 2020 superaron los topes para presentar su deben estar atentos a estas fechas.

Para esta semana, según el calendario tributario de la Dian, las personas naturales llamadas a presentar su obligación en impuestos de la declaración de renta en Colombia deben tener presente el plazo en el que vence el diligenciamiento. Esta semana le corresponde a los siguientes últimos dígitos del NIT (Número de Identificación Tributaria), que para el caso de personas naturales, corresponde a los de su cédula. Vea más en Finanzas Personales.

Recomendado: Agosto 17 al 20: vence plazo a estas cédulas para declarar renta

  • Lunes 23 de agosto de 2021: 17 y 18
  • Martes 24 de agosto de 2021: 19 y 20
  • Miércoles 25 de agosto de 2021: 21 y 22
  • Jueves 26 de agosto de 2021: 23 y 24
  • Viernes 27 de agosto de 2021: 25 y 26
  • Lunes 30 de agosto de 2021: 27 y 28
  • Martes 31 de agosto de 2021: 29 y 30
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Este año el orden se alteró

Recuerde que por disposición de la Dian, este 2021 el orden que las personas debían presentar su declaración se alteró, ya que en vigencias anteriores se iniciaba por 99 y 00. Este año se revirtió para iniciar por las cédulas terminadas en 01 y 02.

Además, es importante que no deje de presentar su declaración, ya que si no lo hace, la multa inicia en 10 UVT, que es la sanción mínima vigente este 2021, la cual asciende a $363.000. Si no tiene dinero para pagar el impuesto generado en la declaración, de todas maneras preséntela, al menos así estará ahorrándose los $363.000 de la sanción por extemporaneidad.

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