¿Debe cambiarse de fondo de pensión sin haberse aprobado la reforma pensional en Colombia?

La reforma pensional en Colombia todavía se está discutiendo en el Congreso de la República. Esto es lo que se sabe.

mesada pensional en Colombia
Oficina de Colpensiones en Colombia. Foto: Valora Analitik

La reforma pensional de Colombia sigue sin discutirse en el marco del Congreso de la República. El legislativo no ha completado el quorum necesario, en tres ocasiones, para poder darle rienda al debate del proyecto legislativo.

De acuerdo con el gobierno del presidente Petro, es necesario que el país tenga un cambio sobre el proyecto que busca cambiarle la cara al sistema pensional.

Incluso la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, ha pedido al Congreso de Colombia que “cumpla con la tarea” y se debata el proyecto de reforma pensional, toda vez que son necesarios recursos clave para atender a los adultos mayores por debajo de la línea de pobreza.

Sin embargo, la duda sobre lo que pueda llegar a pasar con el proyecto de ley genera incertidumbre entre la ciudadanía. Uno de los mecanismos que suele darse en el marco de las reformas pensional se basa en el traslado de personas entre regímenes.

Suele incluso darse que más personas pasen a Colpensiones ante escenarios de duda por lo que pueda llegar a pasar con la votación del proyecto de ley del gobierno Petro.

Analistas locales, incluido el mismo Asofondos, mencionan a los cotizantes que no se puede tomar una decisión apresurada cuando se trata de revisar un posible cambio de fondo, toda vez que, de momento, no hay nada aprobado y una decisión apresurada puede terminar siendo perjudicial.

MinTrabajo Gloría Inés Ramírez, en audiencia de reforma pensional. Foto: MinTrabajo.
MinTrabajo Gloría Inés Ramírez, en audiencia de reforma pensional. Foto: MinTrabajo.

Más cambios clave a tener en cuenta sobre la reforma pensional en Colombia

Por norma en Colombia, una persona puede cambiarse de fondo de pensión cada cinco años y por última vez cuando le falten 10 años para cumplir la edad de jubilación (es decir ese traslado se puede hacer por última vez a los 52 años para hombres y 47 años en las mujeres).

Con esto, y sin que se haya aprobado nada definitivo en la reforma pensional de Colombia, la recomendación es esperar y, en caso de que se quiera hacer el traslado hacer uso del derecho de la doble asesoría.

Lo anterior se traduce en que el cotizante se acerque al fondo público y al fondo privado y, con base en la información que tiene sobre su historia laboral tome la decisión de si se queda en el sistema que administra el sector público o en el privado.

Es además clave que las personas que están pensando en moverse de fondo, para “anticiparse” a lo que pueda pasar con la reforma pensional en Colombia, entiendan que la iniciativa no va a aplicar por igual a todas las personas.

Esto último pues el Congreso sigue debatiendo lo que vaya a ser el régimen de transición: a las cuántas semanas un trabajador deberá aplicar sí o sí a la reforma y a las cuántas será opcional que haga parte de la misma.

Recomendado: ¿Cómo están las fuerzas para aprobar la reforma pensional de Petro?

De momento, el proyecto de ley propone que los trabajadores que reciben menos de tres salarios mínimos en Colombia ($3.900.000) pasen directamente a Colpensiones y los de más de tres salarios mínimos estén en los fondos privados, pero esto último quiere decir que, si una persona gana $5 millones al mes, los primeros $3.900.000 se queden en Colpensiones y los restantes $1.100.000 se muevan en el fondo privado de preferencia.

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