La Contraloría General de la República realizó un análisis sobre la situación de cartera de 26 EPS en Colombia determinando que, con corte a octubre de 2023, estas acumulan una deuda total de $25 billones.
Dicha deuda la acumulan con las IPS y proveedores (cuentas por pagar), además de lo correspondiente a reservas técnicas y pasivos administrativos.
Adicionalmente, 16 de estas Entidades Promotoras de Salud (el 61.5 %), cuentan con indicadores de margen de solvencia no satisfactorios y no cumplen con la provisión ni con el Régimen de Inversión de las Reservas Técnicas, incumpliendo así los tres requisitos para operar.
- Contar con el capital mínimo
- El patrimonio adecuado
- Las reservas técnicas
Según los estados financieros reportados a la Contraloría delegada para el Sector Salud por las 26 EPS, se evidenciaron también otras situaciones
- La deuda total de las 26 EPS, sólo con las IPS, alcanza la suma de $11.3 billones.
- Para 21 EPS, se observa que, del pasivo de Reservas Técnicas de $13,7 billones, solo están respaldados $1.3 billones en inversiones (Bonos de deuda pública, títulos a la vista de alta liquidez y otros), evidenciando un faltante de $12.4 billones.
Esto constituye un incumplimiento al Régimen de Inversiones de Reservas Técnicas que exige la inversión del 100 % de los recursos (Decreto 780 de 2016).
- Solo 5 Entidades Promotoras de Salud cumplen con la provisión y con la inversión de sus reservas técnicas (Salud Total EPS, Sura EPS, Comfachocó, Capresoca y EPM Salud).
- 21 de ellas equivalentes al 80,7 %, no cumplen con la provisión ni con la inversión de sus reservas técnicas, lo que demuestra una falta contra la norma y un riesgo para el sistema por cuanto, al no constituir las reservas, no apalancan sus obligaciones para atender los gastos en salud.
La constitución y la inversión de las reservas técnicas son una obligación que tienen las EPS para apalancar y atender sus obligaciones en salud, así como para poder operar en el país, pues estas reservas constituyen uno de los tres requisitos exigidos por la norma, al lado del capital mínimo y del patrimonio adecuado que deben demostrar las aseguradoras.
- Sólo 10 EPS, equivalentes al 38,4 %, tienen sus indicadores de liquidez y de margen de solvencia satisfactorios, lo que permite concluir que su situación financiera es satisfactoria y les posibilita garantizar la prestación de servicios de salud a sus afiliados.
Resultados de análisis de cartera de las 26 entidades
Al hacer el análisis de la cartera contraída por parte de las EPS con las IPS, la Contraloría encontró que: El 93,5 % de la cartera total de estas entidades con las IPS es menor de un año, es decir, que son deudas que se concentran en la cartera corriente.
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Por otro lado, el 51 % del total de la cartera corriente de las entidades promotoras de salud se concentra en tres empresas: Famisanar, Sanitas y Emssanar, con un monto de $5.4 billones.
Las EPS Famisanar y Sanitas poseen el 40 % de la cartera corriente, por un monto de $4.1 billones. Mientras el 59 % de la cartera no corriente se concentra en Famisanar, Emssanar y Asmet Salud, por un monto de $436.000 millones.
Las EPS Sanitas, Salud Total y Salud Bolívar, al igual que EPM no poseen deudas mayores a 360 días, es decir que no presentan cartera no corriente.
Además, Nueva EPS, Asmet Salud, Sura, Salud Total y SOS, poseen el 35 % de la cartera corriente ($3,66 billones) y el 33 % del pasivo no corriente ($237.000 millones).
De la cartera de las 26 EPS se puede deducir que 15 de ellas no cumplen los indicadores de liquidez ni de solvencia.
Por su parte EPM (Entidad Adaptada), tampoco cumple con el indicador de liquidez, pero sí el de solvencia (1,87 %), lo que indica que, si entrase en proceso de liquidación, tendría como responder y cubrir el total de sus pasivos con sus activos.
EPS con indicador de liquidez satisfactorio
Alcanzan este indicador Ferrocarriles Nacionales, Salud Bolívar, Fundación Salud Mía, Coosalud, Aliansalud, Capital Salud, Anas Wayuu EPSI, Salud Total EPS, Mutual Ser y Nueva EPS.
En cuanto a Nueva EPS y Salud Total si bien tienen activos corrientes altos, sus pasivos también lo son, arrojando el indicador de liquidez levemente mayor a 1.
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Las otras 16 EPS tienen su indicador de liquidez menor a 1, es decir que se encuentran en desequilibrio financiero. Se trata de EPS Sura, EPS Familiar, Sanitas EPS, EPM Salud, Compensar, Comfenalco Valle, Dusakawi, Ecoopsos, Comfachocó, Capresoca EPS, Asmet Salud EPS, Emssanar, Famisanar, EPS SOS S.A., EPSI Mallamás y Pijaos Salud EPSI.
Las EPS que cumplen con el indicador de margen de solvencia son Salud Bolívar, Fundación Salud Mía, EPM Salud, Coosalud, Aliansalud, Ferrocarriles Nacionales, Capital Salud, Mutual Ser, Anas Wayuu EPSI, Salud Total EPS y Nueva EPS.
Son las mismas aseguradoras que presentan indicador de liquidez satisfactorio, lo que permite concluir que su situación financiera es satisfactoria y pueden garantizar la prestación del servicio de salud a sus afiliados.
Por otro lado, aquellas con indicador de margen de solvencia no satisfactorio son EPS Sura, Sanitas EPS, Compensar, Capresoca, EPS Familiar, Comfachocó, Comfenalco Valle, Dusakawi, Famisanar, Ecoopsos, EPS SOS, Asmet Salud, Emssanar, EPSI Mallamás y Pijaos Salud EPSI.
El informe realizado por la CGR llama la atención sobre el impacto de la situación financiera y la cartera hospitalaria de las EPS hacia las IPS respecto de los servicios de atención en salud.
Resalta el aumento que han mostrado desde 2018 las PQRS de afiliados de las entidades ante la Superintendencia Nacional de Salud y como muchos usuarios deben acudir al mecanismo de la tutela para acceder a la prestación efectiva y oportuna de los servicios de salud.
El Contralor en funciones, Carlos Mario Zuluaga Pardo, señaló que, frente a los recursos de UPC, el Gobierno se encuentra al día, no obstante haber reconocido una deuda por pagar de $3 billones a las EPS, por concepto de presupuestos máximos destinados para cubrir los servicios y tecnologías en salud, no financiados, con cargo a los recursos de la UPC y que en el marco del Auto 2881 de 2023, proferido por la Corte Constitucional, el Ministerio de Salud debe proceder con el saneamiento estas deudas, a lo cual la CGR hará el seguimiento respectivo.