Bogotá inicia la última semana de enero con los dos incendios forestales controlados de los cerros orientales, los cuales duraron siete días y generaron preocupación.
Ante el Fenómeno de El Niño más de 900 municipios de Colombia tuvieron alerta de incendio la semana pasada, y en páramos, bosques, cerros y otros puntos efectivamente se prendieron llamas acabando con la fauna y flora.
Sin embargo, en Bogotá, tanto el incendio de la quebrada La Vieja como del cerro El Cable los cuales requirieron atención de bomberos, la Fuerza Aérea, el Ejército, la Defensa Civil, Policía, entre otras entidades fueron provocados por personas.
“En el caso de la quebrada La Vieja el origen fue una fogata, el informe dice – Indicción de material sólido combustible, residuos vegetales, debido a la transferencia de calor generada por llama abierta de una fogata propagándose a cobertura vegetal- entonces ese fue el origen”, declaró el alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán.
“En el caso del cerro El Cable, y esto es la novedad hoy, dice – Indicción de material sólido vegetal, acícula de pino debido a la transferencia de calor generada por reflexión de la luz solar en una botella de vidrio, propagándose a cobertura vegetal- el nuevo plan de desarrollo va a ser una oportunidad para dar un impulso a la política de acción climática”, explicó el mandatario.
Sanciones e implicaciones legales para quienes provoquen un incendio
Según lo establecido en el artículo 350 del Código Penal estos son los tipos de incendios en los que se podría incurrir en delitos y deberá responder por las sanciones:
- Incendio a objetos: si le prende fuego a un objeto o elemento tangible y material, que pueda ser trasportado fácilmente de un lugar a otro, tendrá una multa mayor a $195 millones y hasta 12 años de cárcel, según lo determine un juez.
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- Incendio a inmuebles: En caso de que la conducta sea dirigida a un “inmueble u objeto de interés científico, histórico, cultural, artístico o en bien de uso público o de utilidad social”, la sanción podría llegar hasta los 15 años de prisión y multa de hasta $975 millones.
- Incendio forestal: Este es el caso con mayor multa, debido a que la ley indica que “quien destruya, inutilice, haga desaparecer o cause un impacto ambiental grave o de cualquier otro modo dañe los recursos naturales incurrirá en prisión de 70 a 135 meses, y multa de $167 a $18.750 salarios mínimos mensuales”. Esto significa que, si el juez ve las pruebas y lo procesa, podría sancionar con 11 años de cárcel y una multa de $24.000 millones.
Cabe resaltar que las autoridades hacen un llamado a la ciudadanía para la prevención de este tipo de emergencias ya que, como se ha podido ver, para extinguir totalmente el fuego la sequía y altas temperaturas de El Niño no aportan.
Por ello la ministra de Ambiente, Susana Muhamad, realizó un llamado al seguimiento por parte de las autoridades judiciales de este tipo de emergencias, indicando que, históricamente el 80 % de los incendios se inician por actividades humanas.