De acuerdo con el proyecto de reforma laboral, que hace su curso por el Congreso de la República, debe haber en Colombia nuevas medidas sobre las circunstancias y mecanismos válidos para poder despedir a una persona de su trabajo.
Gloria Inés Ramírez, ministra de Trabajo, ha mencionado que el país necesita avanzar en proteger también los derechos que tienen los trabajadores incluso al momento del despido.
La reforma laboral que continuará su curso por el Congreso de la República el año entrante pretende nuevas disposiciones para el caso de Colombia.
Dice el proyecto de ley que debe garantizarse la dignidad del trabajador, presunción de inocencia, indubio pro disciplinado, proporcionalidad, derecho a la defensa, contradicción y controversia de las pruebas, lealtad y buena fe, imparcialidad, respeto al buen nombre y a la honra.
¿Cómo sería el proceso de despido de una persona en Colombia?
- Comunicación formal de la apertura del proceso al trabajador o trabajadora
- La formulación de cargos
- El traslado al trabajador o trabajadora de todas y cada una de las pruebas que fundamentan los cargos formulados
- La indicación de un término durante el cual el trabajador o trabajadora pueda formular sus descargos, controvertir las pruebas y allegar las que considere necesarias para sustentar sus descargos
- El pronunciamiento definitivo debidamente motivado
- La imposición de una sanción proporcional a los hechos que la motivaron o la decisión de terminación con justa causa del contrato
- Revisión de la decisión
- La posibilidad del trabajador de impugnar la decisión
- La impugnación se concederá en efecto suspensivo.
“Este procedimiento podrá realizarse hasta en un término de 30 días hábiles, y no podrá ser menor a un tiempo de cinco días hábiles, salvo que esté estipulado un término diferente en convención colectiva, laudo arbitral y reglamento interno de trabajo”, complementa el proyecto de reforma laboral en Colombia.
Finalmente, indica el documento que si el trabajador está afiliado a una organización sindical podrá estar asistido y acompañado por dos representantes del sindicato.
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“En todos los casos, el trabajador o trabajadora tendrán el derecho a ser asistido o asistida por un abogado que represente sus intereses y adelante la respectiva defensa técnica”, se lee en el proyecto.