El próximo domingo 29 de octubre serán las elecciones regionales 2023, para escoger importantes cargos, por lo que el Gobierno decidió implementar diversas medidas en todo el país.
Esto de acuerdo con el decreto 1702 de la Presidencia para preservar la seguridad y el orden público en la jornada. En ese sentido, la medida de Ley Seca se aplicará desde el sábado 28 de octubre hasta el lunes 30 del mismo mes.
Pero el documento incluye otras medidas, como la posibilidad de que los actuales alcaldes decreten toque de queda en las principales ciudades y así evitar altercados que afecten la jornada de comicios.
Para promover el desarrollo del proceso electoral, el Ministerio del Interior designará en cada departamento y en Bogotá un funcionario del nivel nacional, quien deberá realizar el seguimiento de los comicios y observar el comportamiento de los servidores públicos, así como de las autoridades nacionales, departamentales y municipales.
Además, habrá cierres fronterizos terrestres de 4:00 p.m. del sábado 28 de octubre hasta el domingo después de elecciones cuando cierren las urnas, es decir a las 4:00 p.m.
La fuerza pública vigilará el traslado del material electoral inmediatamente después de terminado el preconteo en las mesas de votación a las comisiones escrutadoras y a las cabeceras municipales y departamentales.
Garantías para los colombianos durante las elecciones regionales
Con el objetivo de garantizar los derechos y libertades individuales, en especial el derecho a elegir y ser elegido, el Gobierno estableció las normas frente a la publicidad electoral, el equilibrio informativo y el apoyo a sufragantes con limitaciones físicas.
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Los ciudadanos que padezcan limitaciones y dolencias físicas que les impidan valerse por sí mismos podrán ejercer el derecho al sufragio acompañados de una persona hasta el interior del cubículo de votación, sin perjuicio del secreto del voto.
Desde este lunes 23 de octubre y hasta el 30 de octubre solo podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados.
El día de las elecciones se prohíbe toda clase de propaganda, manifestaciones, comunicados y entrevistas con fines políticos electorales en cualquier medio de comunicación.
Los testigos electorales pueden acceder el día de las elecciones a los puestos de votación desde las 7 a.m. Para ingresar, deberán identificarse con la cédula de ciudadanía y la respectiva credencial diligenciada y firmada por la autoridad electoral.
En la jornada electoral no podrán usarse, dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video entre las 8 a.m. y las 4 p.m., salvo los medios de comunicación que deseen participar, que requieren previa coordinación con la Registraduría Nacional del Estado Civil.