Procuraduría destituyó e inhabilitó a expresidente de la ANI por corrupción en Ruta Del Sol

La Procuraduría destituyó e inhabilitó por 15 años a expresidente de la ANI, por irregularidades en Ruta del Sol III.

Luis Fernando Andrade
Luis Fernando Andrade, expresidente de la Agencia Nacional de Infraestructura. Foto: ANI

La Procuraduría destituyó e inhabilitó por 15 años a expresidente de la ANI, por irregularidades en la contratación para la construcción de un puente en el proyecto vial Ruta Del Sol III.

En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por 15 años al expresidente de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), Luis Fernando Andrade Moreno.

Dicha sanción fue impuesta por beneficiar a terceros en la suscripción de otrosíes en el contrato celebrado entre la ANI y Yuma Concesionaria para la rehabilitación, construcción y mejoramiento del sector entre San roque, Ciénaga, Carmen de Bolívar y Valledupar, denominado sector tres del proyecto vial Ruta Del Sol.

Pagos indebidos en vía Ruta del Sol III

Ruta del Sol Troncal Magdalena
El megaproyecto para revivir la Ruta del Sol ya inició obras. Foto: Autopistas Magdalena Medio

El Ministerio Público confirmó que el servidor público se interesó indebidamente en la suscripción con Yuma Concesionaria, para la realización de los estudios y diseños de la fase tres para el segundo puente en Plato – Zambrano sobre el río Magdalena en la vía Ruta del Sol III, por un valor de $5.788 millones, con el fin de entregarle estos recursos para continuar con la segunda calzada de la troncal, una suma de dinero equivalente a $650 millones a José Roberto Prieto Uribe.

Además, el organismo de control verificó que los recursos dispuestos para este negocio jurídico se entregaron a José Roberto Prieto para gestionar favorecimientos externos.

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A su vez, el ente disciplinario corroboró que el funcionario realizó acuerdos previos para sacar los recursos, los cuales se adelantaron de manera interna en la ANI por medio de la creación de subcuentas al momento de la suscripción de la concesión; la cual había sido denominada inicialmente como un rubro para supervisión del área; pero se constató que los dineros se desviaron a un tercero.

Ante estos hechos, la Procuraduría delegada disciplinaria de juzgamiento dos calificó la falta de Andrade como gravísima, a título de dolo, decisión que procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento de la Procuraduría General de la Nación.

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