Reforma a la salud: crecen preocupaciones por viabilidad fiscal y posibles vicios en trámite

La reforma a la salud avanza en su proceso legislativo en la Cámara de Representantes, no obstante la viabilidad fiscal está en duda.

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Entidades de salud del Gobierno Petro. Foto: MinSalud

La reforma a la salud avanza en su proceso legislativo en la Cámara de Representantes, donde actualmente se encuentra en discusión en segundo debate. Sin embargo, su discusión ha desencadenado inquietudes en diversos sectores.

Diversos personajes políticos, expertos y gremios han instado a retirar la iniciativa debido a su posible impacto negativo, mientras que la oposición ha reiterado en numerosas ocasiones su preocupación de que el Gobierno esté tratando de agilizar el proceso y saltarse varios pasos necesarios.

Una de las grandes preocupaciones es sobre si la reforma, al modificar la salud como un derecho fundamental, debería ser tramitada como una ley estatutaria o un acto legislativo.

La viabilidad fiscal y los procedimientos adecuados son elementos cruciales que están siendo objeto de un creciente escrutinio en esta etapa de la reforma.

Esta semana la congresista del Pacto Histórico, Martha Alfonso, revivió la discusión al señalar que el proyecto carece de una evaluación de viabilidad financiera por parte del Ministerio de Hacienda.

La razón sería porque existe un visto bueno desde el mismo Gobierno, “no tiene sentido que el Gobierno se oponga a sus propias iniciativas”, dijo la congresista.

La viceministra de Hacienda, María Fernanda Valdés, enfatizó que aún no se ha emitido un concepto fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Explicó además que el Gobierno puede proporcionar el aval fiscal o su negativa en cualquier momento durante la discusión parlamentaria, incluso en el último debate.

Por lo tanto, actualmente, solo existen estimaciones iniciales de aproximadamente $114 billones como el costo de implementar la reforma de salud en un período de 10 años, aunque estas cifras se basan en datos presentados por el exministro José Antonio Ocampo en febrero y el proyecto ha sufrido cambios significativos desde entonces.

De hecho, desde la oficina de prensa del MinHacienda se informó que están viendo al detalle cómo avanza el proyecto en el Congreso, del tal modo que se actualicen las cifras, “si la reforma así lo requiere”.

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Respecto al proyecto de ley de reforma a la salud, la controversia sobre los posibles vicios de trámite no es nueva: ¿se debe tramitar como una ley ordinaria o estatutaria?

Frente a la duda, Kenneth Burbano Villamarín, director del Observatorio Constitucional Universidad Libre, cita el artículo 152 de la Constitución.

Este señala que, en principio, el trámite debería ser por ley estatutaria. No obstante, la misma Corte ha dilucidado, que no toda regulación legal que toque con los derechos fundamentales se encuentra sujeta a reserva de ley estatutaria.

En Colombia, la Ley Estatutaria 1751 de 2015 regula el derecho fundamental a la salud, ya existe y está vigente; por tanto, si lo que se va a desarrollar son mecanismos financieros o institucionales que permitan materializar el derecho a la salud, su trámite podría ser por ley ordinaria.

Se reanuda el segundo debate de la reforma a la salud en Colombia.
Se reanuda el segundo debate de la reforma a la salud en Colombia. Foto: Valora Analitik

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Los caminos entre ley estatutaria y ley ordinaria

El proceso para aprobar una ley estatutaria es más riguroso, ya que demanda la obtención de la mayoría absoluta de los miembros del Congreso, debe completarse en una sola legislatura y se somete a una revisión previa por parte de la Corte Constitucional.

De acuerdo con algunos legisladores y expertos, la libertad de elección que actualmente poseen los usuarios para seleccionar su EPS y proveedores de servicios de salud es un aspecto fundamental en relación con el derecho a la salud y, por tanto, debería ser regulada mediante una ley estatutaria.

El experto explica que, “si se aprueba en el Congreso la reforma a la salud por ley ordinaria y obtiene la sanción del Gobierno, entra a regir y puede ser demandada ante la Corte Constitucional; será esta corporación la que determine si se incurrió en un vicio de trámite, y de ser así y, la ley puede ser declarada inconstitucional”.

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