Si usted es un crack al volante en las vías de Colombia y migró a España o planea hacerlo en corto plazo debe tener esta información presente si desea tener la licencia de conducción habilitada.
Es posible manejar un vehículo particular mediante su pase colombiano una vez esté en España, pues ambos países tienen un acuerdo para reconocer los documentos de tránsito si no es residente, es decir, si está allá por turismo o estudios en un plazo máximo de seis meses.
Por otro lado, si ya tiene la residencia española y usted expidió la licencia de conducción en Colombia le será sencillo canjear los permisos mediante una cita para llevar todos los documentos requeridos.
¿Necesita presentar un examen de salud y destreza al volante para adquirir la licencia de conducción en España?
No, a excepción que desee una licencia de conducción para manejar un camión o autobús (C, C+E y D). Si quiere canjear cualquier otro carnet, no es necesario realizar ningún examen de acuerdo con Eco Driver.
Lo que sí debe hacer es dirigirse a la página web de la Dirección General de Tráfico o llamar al teléfono 060. Ahí le darán hora para que acuda a una de las oficinas de la ciudad donde reside para comenzar con el trámite del canje de la licencia de conducir.
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Como aclara Mundo Deportivo: “con la cita previa solo aseguran la iniciación del trámite pero será Colombia quién, finalmente, confirme la validez de su carnet en su propio país para poder canjearlo en España”.
¿Qué documentación debe presentar para obtener el pase?
Cuando acuda a la sede correspondiente para canjear el pase colombiano en España, deberá presentar los siguientes documentos:
- La solicitud de canje en impreso oficial. Esto consiste en una declaración de que no se le ha quitado, por resolución judicial, el derecho a conducir y que no posee otro permiso del mismo tipo en otro país de la Unión Europea.
Este documento puede descargarlo en la misma página de “Canje de permisos” de la DGT.
- Documento de identificación. Necesitará acreditar su identidad a través de su DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (en vigor).
- Carnet de conducir colombiano. Recuerde que su fecha de emisión no puede ser posterior al inicio de su residencia en España.
- Tasas correspondientes. Puede descargar el modelo 791 en la página de la DGT o en las Jefaturas de Tráfico y así pagar las tasas a través de la propia página de la DGT, en cualquier Jefatura de Tráfico o entidad financiera.
- Informe de aptitud psicofísica. Esta prueba médica acreditará que está en condiciones de poder conducir un vehículo y puede obtenerlo en cualquier centro médico de conductores.
- Una foto tamaño carnet 3,2cm x 2,6cm. Deberá salir de frente, con el fondo liso, sin gafas oscuras, con la cabeza descubierta y sin cualquier elemento que impida reconocerlo.