Grupo Sura subsanó demanda interpuesta contra Supersalud

La demanda del Grupo Sura contra la Supersalud fue inadmitida por un error de forma. El error ya fue subsanado. Sigue el proceso.

Grupo Sura
Imagen: Grupo Sura.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca inadmitió la demanda de Grupo Sura contra la SupersaludEl Grupo ya la subsanó.

El argumento del tribunal fue de forma: en la demanda del Grupo Sura contra la Supersalud, este no señaló cuáles son los lugares y direcciones para enviar las notificaciones personales.

Por esta razón, el despacho de la magistrada Claudia Elizabeth Lozzi Moreno inadmitió la demanda. Sin embargo, no es el fin del proceso. El Grupo Sura tendrá un periodo de 10 días, desde la notificación de la decisión, para notificar cuáles son los lugares y direcciones solicitados.

Al respecto, el Grupo Sura señaló que ya radicó la respuesta que subsana el requerimiento del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

Esta decisión en nada afecta el trámite normal del proceso por parte del Tribunal ni es un rechazo o decisión de fondo en relación con esta demanda. La Compañía está presta a aportar y participar con lo que le corresponde en el desarrollo del proceso”, indicó la compañía.

Demanda del Grupo Sura contra la Supersalud
Decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca sobre la demanda de Grupo Sura contra la Supersalud.

Por qué es la demanda de Grupo Sura contra la Supersalud

El recurso fue interpuesto en septiembre del año pasado por el conglomerado antioqueño por la resolución que expidió la Supersalud, con el que Gilinski fue autorizado para presentar la OPA por el Grupo.

La resolución de la Supersalud aprobó la solicitud de “autorización previa para la adquisición indirecta de una participación no controlante del 10 % o más de la composición del capital de la EPS Suramericana, presentada por las sociedades Nugil SAS y JGDB Holding SAS”. Estas dos últimas son del Grupo Gilinski.

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Según Grupo Sura, la Supersalud infringió la ley “al haber aprobado la adquisición indirecta de acciones de EPS Sura sin haber hecho las verificaciones y las valoraciones que en derecho le correspondía (expedición irregular y falsa motivación)”.

Por eso, pidió que la entidad fuera condenada para reparar a Grupo Sura y a la EPS “todos los daños que ellas han experimentado, siguen experimentando y llegarán a experimentar como consecuencia” de la resolución.

Esos daños incluyen, según la demanda de Grupo Sura a la Supersalud, la “afectación reputacional negativa por la forma en la que fueron aprobadas las OPA”.

También las dificultades “que se vienen generando para la operación de empresas que tienen sede en otros países y en las cuales Grupo Sura tiene participación accionaria”. Y los riesgos de que haya sanciones a esas empresas “por la forma en la que fueron aprobadas las OPA”.

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