Los consumidores colombianos, gracias a la Ley 1480 de 2011, tienen sus derechos protegidos.
Sin embargo, esta misma ley también define los deberes que deben tener las personas para ser consumidores informados. Se trata, como explica la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de obligaciones que, a la larga, se convierten en una protección de las personas cuando deciden invertir su dinero en un bien o servicio.
Es decir, cumplirlos es una garantía a la hora de exigir los derechos como consumidores y hacer las respectivas reclamaciones, en el caso de que estos sean vulnerados.
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Cuáles son los deberes para ser un consumidor informado
La SIC explica que para ser un consumidor informado se deben seguir tres pasos: preguntar, comprar y verificar. Es decir, “informarnos al momento de establecer una relación de consumo”.
La Superintendencia indica que una persona debe “consultar sobre la calidad del bien, conocer cómo es su uso, su forma de consumo, su instalación y su mantenimiento”.
Lizz Pacheco, abogada de Protección al Consumidor de la SIC, señala que el ejemplo más claro de la necesidad de estos pasos es la seguridad ante la posible nocividad de ciertos bienes”.
“Hay algunos productos que, por su condición, resultan ser nocivos o que traen algunas advertencias respecto a su seguridad. El deber del consumidor es informarse respecto a esas advertencias”, concluye Pacheco.