¿Qué es la Unidad de Valor Básico que se incluyó en el Plan Nacional de Desarrollo?

En el borrador del Plan Nacional de Desarrollo (PND) del Gobierno de Gustavo Petro se plantea crear una nueva medida para determinar los valores tributarios en Colombia.

Plan Nacional de Desarrollo creará la Unidad de Valor Básico.
Plan Nacional de Desarrollo creará la Unidad de Valor Básico. Foto: archivo Valora analitik

En el borrador del Plan Nacional de Desarrollo (PND) del Gobierno de Gustavo Petro se plantea crear una nueva medida para determinar los valores tributarios en Colombia.

Se trata de la Unidad de Valor Básico (UVB) que busca reajustarse anualmente con base Índice de Precios al Consumidor (IPC) sin alimentos perecederos y procesados, ni regulados, certificados por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE).

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público publicaría mediante resolución antes del primero de enero de cada año, el valor de la Unidad de Valor Básico aplicable para el año siguiente.

“El valor de la UVB para el año 2023 será de diez mil pesos ($10.000.00). Todos los cobros; sanciones; multas; tarifas; requisitos financieros para la constitución, la habilitación, la operación o el funcionamiento de empresas públicas y/o privadas; requisitos de capital, patrimonio o ingresos para acceder y/o ser beneficiario de programas del estado; montos máximos establecidos para realizar operaciones financieras”, entre otros, señaló el texto.

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Cabe resaltar que actualmente estos se encuentran denominados y establecidos con base en salarios mínimos o en Unidades de Valor Tributario (UVT) y ahora con este articulado de ser aprobado se deberá calcular con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Básico (UVB) del año 2023.

De otro lado, desde finales del 2022 el Ministerio de Hacienda anunció que se crearía esta nueva herramienta de medición con el fin de desindexar 204 bienes y servicios que estaban atados a la inflación.

El borrador del Plan Nacional de Desarrollo también establece que en el caso de que los conceptos objeto de indexación no estén en un número entero, se deberá aproximar dicho valor a la cifra con dos decimales más cercana; y si es inferior a una Unidad de Valor Básico, se deberá aproximar a la cifra con tres decimales más cercana.

Vale resaltar, que los bienes o servicios que se encuentren en firme o ejecutoriados con anterioridad al 1 de enero de 2024, se mantendrán determinados en salarios mínimos o en Unidades de Valor Tributario, según el caso.

Y dentro del documento también, se aclaró que los valores que se encuentren definidos en salarios mínimos o en UVT en la presente ley, deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de la Unidad de valor Básico.

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