SuperServicios: Petro sí tiene competencia de reglamentar tarifa de servicios públicos

El señor presidente de la República Gustavo Petro sí puede asumir directamente vía decreto y, de manera completamente constitucional.

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Gobierno Petro sobre energía en Colombia. Imagen: Presidencia y Pexels en Pixabay

Frente a uno de los más recientes anuncios del presidente de Colombia, , de reasumir las funciones de las comisiones de regulación de los (energía, gas, acueducto, alcantarillado y aseo), la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios presentó argumentos constitucionales y legales que sustentan la decisión del mandatario.

En un concepto firmado por el superintendente, Dagoberto Quiroga Collazos, sobre las facultades constitucionales y legales para la asunción directa de las competencias de reglamentación tarifaria, se indica que:

“El señor presidente de la República sí puede asumir directamente vía decreto y, de manera completamente constitucional y con todo el amparo legal, la competencia para reglamentar las tarifas en materia de servicios públicos domiciliarios en aras de disminuir los costos con un impacto directo en los ciudadanos con mayor equidad y bajo la visión de una competencia regulada, al amparo de los numerales 11 y 22 del artículo 189 y los artículos 211, 365 y 370 de la Constitución Política y los artículos 68 y 124 a 127 de la Ley 142 de 1994”.

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De igual manera, el superintendente hizo referencia a una sentencia del Consejo de Estado sobre la actividad de regulación a cargo del Estado, asegurando que:

“En su visión moderna, la regulación es una actividad estatal que fomenta la competencia en aquellas áreas donde existe y es factible; impide el abuso de posiciones de monopolio natural, donde esta es ineludible; desregula para eliminar barreras artificiales a la competencia y, finalmente, calibra las diversas áreas de un servicio para impedir prácticas discriminatorias o desleales para el competidor”.

Las razones para controlar las comisiones de regulación

El superintendente Quiroga también indicó que el Gobierno Nacional ha tomado esta decisión en defensa de los usuarios de los servicios públicos:

“En vista que se han hecho esfuerzos entre el gobierno y las comisiones reguladoras para reducir la tarifa, y en razón a que no se han logrado los resultados esperados, el Gobierno asume temporalmente estas funciones para dictar unas medidas que sirvan para disminuir, o por lo menos parar el alza de las tarifas”.

El funcionario indicó que “el propósito del gobierno es garantizar que la prestación de los servicios públicos sea eficiente, de calidad y a un costo razonable”.

Por eso, según el jefe de la SuperServicios, el objetivo del presidente es revisar los criterios técnicos para el cálculo y la formulación de las tarifas de los servicios públicos que, para el caso de la energía, no han tenido revisión desde 1994.

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Cabe recordar que es la primera vez que un gobierno retomaría, temporalmente, las funciones delegadas a las comisiones de regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, y de Energía y Gas mediante los decretos 1524 y 2253 de 1994, respectivamente.

En estos textos se señala, además, que quien ejerza como presidente podrá reformar o revocar los actos o resoluciones proferidos por los delegados.

Vale mencionar que la superintendencia presentó al presidente las facultades constitucionales para reasumir las funciones de las comisiones y será el presidente quien las revise y expida las normas.

Lea aquí el concepto completo firmado por el superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Dagoberto Quiroga.

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