Estos son los útiles escolares que no podrán exigir las instituciones educativas a los padres

Llega un nuevo año y con ello, una nueva temporada escolar en la que las instituciones educativas comparten la lista de útiles escolares.

Útiles escolares
Ahorre con estos tips adquiriendo útiles escolares. Foto: tomada de istockphoto.com - MicroPixieStock

Llega un nuevo año y con ello, una nueva temporada escolar en la que las instituciones educativas comparten la lista de útiles escolares.

Asimismo, desde Fenalco advirtieron que Colombia ve un incremento desmesurado de los útiles escolares en el mercado nacional.

Por ello, es importante que los padres de familia tengan en cuenta lo que pueden y no exigir las instituciones educativas a la hora de darles la lista de los útiles a comprar.

¿Qué no pueden exigir las instituciones educativas a los padres de familia?

El Ministerio de Educación expidió la Circular N°3 del 21 de enero del 2014, en la que se establece que “los lineamientos sobre los cobros que pueden y no pueden hacer los establecimientos educativos del país. Estas son algunas de las prohibiciones incluidas en la circular y que al ser incumplidas podrán sancionarse con una multa que oscilará entre los cincuenta (50) y los doscientos (200) SMLMV”.

  • Las matrículas y pensiones de los jardines e instituciones privadas solo pueden incrementarse entre un 2 % y un 4 %.
  • Con el propósito de no afectar la economía familiar, los establecimientos educativos deben informar en el momento de la matrícula la lista de materiales para que estas realicen el presupuesto del caso.

La lista de útiles y textos deben incluir un calendario o cronograma de uso de éstos, para que los padres de familia los adquieran progresivamente, con base en el cronograma.

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  • La venta de materiales al interior de las instituciones educativas solo es permitida si en el mercado no se consigue lo requerido por el colegio.
  • Instituciones educativas y demás no puede pedir que los materiales sean entregados, es decir permanecer en el colegio. Estos elementos son de uso exclusivo de los estudiantes y son los padres de familia o los alumnos en su defecto, quienes los administran en cada hogar.
  • Colegios e instituciones tienen prohibido solicitar materiales o uniformes de marca específica. Las familias tienen la libertad de escoger en el mercado lo que más se ajuste a su bolsillo y voluntad.
  • Textos escolares para un grado determinado solo pueden cambiarse cada tres años.
  • Instituciones tienen permitido pedir uniforme diario y otro para educación física, el no adquirirlos por razones económicas no puede ser un obstáculo para que los niños y jóvenes asistan a clase y participen de las actividades.
  • Está prohibido el cobro de bonos por parte de los establecimientos educativos, las asociaciones de padres de familia, así como la exigencia de donaciones o contribuciones.
  • Servicios de transporte y alimentación son voluntarios. Los padres de familia pueden proveerse de ellos de manera voluntaria, libre y con el proveedor que ellos decidan.

El Ministerio de educación hace un llamado a los padres para que presenten a las secretarías de educación las irregularidades que encuentren en las listas de materiales expedidas por los colegios, con el fin de realizar las investigaciones pertinentes.

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