Impuesto a enajenación de acciones: esto propone la reforma tributaria de Colombia

Fueron varios los debates que se dieron en el marco de la renegociación de la propuesta de reforma tributaria del gobierno del presidente Gustavo Petro.

Fueron varios los debates que se dieron en el marco de la renegociación de la propuesta de reforma tributaria del gobierno del presidente Gustavo Petro. Uno de estos giró sobre qué iba a pasar con el impuesto para la enajenación de acciones en el marco de la iniciativa.

Esto último sobre la base de que la propuesta inicial de la reforma tributaria era un condicional para que el mercado de capitales viera una disminución del apetito inversionista.

La propuesta de imponer gravámenes muy altos para las enajenaciones de acciones era también perjudicial con un contexto de alta volatilidad financiera y con una confianza inversionista sumida en la incertidumbre por los eventos externos.

Con este escenario de debates, la ponencia para el primer debate de la reforma tributaria en Colombia contiene un cambio importante para la enajenación de acciones en la bvc.

Se lee en la ponencia de la reforma tributaria que la enajenación de acciones que cotizan en una Bolsa de Valores Colombiana, con el objetivo de continuar promoviendo el acceso a los mercados de capital, se conserva el tratamiento de ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional.

Detalles de la iniciativa

Esto último sobre las utilidades provenientes de la enajenación de dichos títulos inscritos en una Bolsa de Valores Colombiana.

Sin embargo, también se lee en el documento que la propuesta es reducir el límite para acceder a este beneficio tributario, pasando del 10 % de las acciones en circulación de la respectiva sociedad a un 3 %.

El artículo nuevo queda propuesto de la siguiente manera: “No constituyen renta ni ganancia ocasional las utilidades provenientes de la enajenación de acciones inscritas en una Bolsa de Valores Colombiana, de las cuales sea titular un mismo beneficiario real, cuando dicha enajenación no supere el tres por ciento (3 %) de las acciones en circulación de la respectiva sociedad, durante un mismo año gravable”.

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Vale mencionar que, con estas renegociaciones y acuerdos, el Gobierno informó que lo que pretende es cumplir con el principio de progresividad de la reforma tributaria, al tiempo que no se afecta la confianza inversionista en el país.

En este link se puede descargar la ponencia para primer debate de la reforma tributaria que iniciará debate esta semana en el Congreso de Colombia.

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