Entre agosto y octubre de 2022 las personas naturales obligadas a declarar el impuesto de renta en Colombia tendrán que presentar el correspondiente formulario ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
En este proceso es importante que conozca qué son los saldos a favor y cómo lo benefician en la declaración de renta. Lea más Noticias Macroeconómicas.
Como explica Liliana Heredia Rodríguez, Ph.D. y profesora del departamento de Contabilidad y Finanzas de la Pontificia Universidad Javeriana de Cali, “el saldo a favor surge cuando el contribuyente al final del período gravable tiene retenciones en la fuente o anticipos que superan el valor del impuesto a cargo (y las sanciones si hubiere lugar a ellas)”.
Dicho monto que sería un dinero que lo estaría beneficiando por encima del pago a la entidad puede tener varias destinaciones, según las necesidades de cada persona.
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¿Qué se puede hacer con el saldo a favor?
1. Devolución del dinero
En primera instancia, usted podrá recibir el dinero que aparece a su favor, luego de radicar los documentos ante la DIAN y adjuntar los documentos solicitados en el proceso. A este proceso se le llama devolución.
“Los plazos para la devolución varían. En principio y asumiendo que todo está en orden, se trata de 50 días posteriores a la fecha en la cual se radica la solicitud, pero, si dicha solicitud se radica durante los dos meses posteriores a la presentación de la declaración, se amplía un mes más”, explicó la experta.
Sin embargo, en circunstancias extraordinarias como la emergencia por Covid se permitió devolución automática, donde se devolvía el saldo a favor en aproximadamente cinco días y el proceso de fiscalización se hacía posteriormente.
La devolución se realiza a través de la cuenta bancaria o por medio de los denominados TIDIS (títulos de devolución de impuestos).
2. Imputar el saldo a favor
Imputar o arrastrar un saldo a favor es cuando el saldo a favor de la declaración tributaria se pasa o se aplica a la declaración del periodo gravable siguiente, en lugar de solicitar su devolución o compensación.
Hay que decir que la ley no limita el tiempo durante el cual se puede arrastrar un saldo a favor, lo que significa que este puede ser indefinido hasta que se acabe ese saldo a favor, o hasta que el contribuyente decida solicitarlo en devolución o compensación.
3. Compensar el saldo a favor
Se entiende como compensación cuando el contribuyente tiene una deuda pendiente con la Dian y le pide que compense o que “se cruce” el saldo a favor con la deuda.
Cabe señalar que este punto será obligatorio en caso de que desee recibir la devolución, pues antes de darle el dinero correspondiente, primero tendrá que saldar otros impuestos que estén pendientes de pago.